
¿Qué hacer si tu empresa no paga finiquito?
Publicado el 11 de octubre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 10 min
Índice
- Qué es el finiquito y qué debe incluir
- Finiquito vs. indemnización: diferencias clave
- Plazos legales y prescripción para reclamar
- Primeros pasos: requerimiento amistoso y pruebas
- Conciliación laboral: cómo presentar la papeleta
- Demanda judicial: procedimiento, costes y riesgos
- Cálculo del finiquito: conceptos y método
- Casos especiales: bajas, despidos, ERE y temporales
- Errores habituales y cómo evitarlos
- Preguntas frecuentes
Qué es el finiquito y qué debe incluir
El finiquito es el documento liquidatorio que refleja todas las cantidades que la empresa debe abonar a la persona trabajadora cuando finaliza la relación laboral, sea cual sea la causa: despido, fin de contrato temporal, dimisión, o mutuo acuerdo. Su función es dejar saldadas las obligaciones económicas pendientes hasta el último día de trabajo. Aunque a menudo se confunde con la indemnización, el finiquito no es una compensación por el cese, sino un cálculo de deudas devengadas y aún no pagadas.
De forma habitual, el finiquito debe incluir: salarios pendientes del mes en curso, la parte proporcional de pagas extraordinarias si no están prorrateadas, las vacaciones generadas y no disfrutadas, horas extra debidamente acreditadas, pluses y complementos variables devengados (por ejemplo, comisiones o incentivos), y cualquier otro concepto pactado en convenio o contrato que esté devengado y sin abonar. En algunos casos puede incluir indemnizaciones, pero estas pertenecen a otro apartado del cese, que conviene diferenciar para no mezclar importes.
El documento suele ir acompañado de un recibo para su firma. Firmar el finiquito no implica renunciar a derechos si se firman “no conforme” o “pendiente de revisión”, indicando la fecha real de entrega. Es recomendable solicitar una copia y comprobar que se detallan todos los conceptos con claridad: cuantías, bases de cálculo, periodo liquidado y posibles deducciones.
Punto clave: el finiquito es una liquidación de cantidades devengadas. Exige desglose por conceptos y verifica que las vacaciones no disfrutadas y pagas extras estén correctamente prorrateadas.
En resumen, si tu empresa no paga finiquito o lo hace de forma incompleta, estás ante un incumplimiento que se puede reclamar. Conocer qué debe incluir te ayudará a detectar errores y a reclamar con seguridad.
Finiquito vs. indemnización: diferencias clave
Una confusión frecuente es equiparar el finiquito con la indemnización. El finiquito son cantidades devengadas: salarios, pagas extra proporcionales, vacaciones no disfrutadas, etc. La indemnización, en cambio, es una compensación económica por la causa de extinción del contrato, que solo procede en supuestos concretos (por ejemplo, despido objetivo procedente, despido improcedente, extinción por causas objetivas, finalización de determinados contratos temporales según normativa y convenio aplicable).
En una baja voluntaria, hay finiquito (porque se deben salarios y vacaciones), pero no indemnización. En un despido objetivo procedente, además del finiquito, sí puede haber indemnización, cuyo cálculo y cuantía dependen del tipo de despido y de la antigüedad. En un despido improcedente reconocido o declarado por sentencia, la indemnización será mayor que en el objetivo. Y en la finalización de algunos contratos temporales, puede existir indemnización de fin de contrato (por ejemplo, días por año trabajado), además del finiquito con sus conceptos habituales.
- Finiquito: lo devengado y pendiente de pago hasta el último día.
- Indemnización: compensación por la causa de extinción (no siempre existe).
- Compatibles: es habitual que haya finiquito y, según el caso, también indemnización.
Consejo: al revisar tu liquidación, exige que finiquito e indemnización aparezcan en líneas separadas, con bases de cálculo y conceptos claros. Así evitarás mezclar importes y podrás reclamar con precisión si algo falta.
Diferenciar ambos términos te permitirá accionar correctamente: si la empresa no paga finiquito, reclamas cantidades; si discutes la causa del despido, impugnas la decisión y solicitas la indemnización correspondiente o la readmisión, según proceda.
Plazos legales y prescripción para reclamar
El tiempo es determinante cuando tu empresa no paga el finiquito. Para impugnar un despido, el plazo es especialmente breve (por regla general, 20 días hábiles desde la fecha de efectos). Ahora bien, para reclamar cantidades salariales —entre ellas, las del finiquito— el plazo de prescripción es superior. Aun así, conviene actuar cuanto antes para no perder pruebas ni posiciones de fuerza en una eventual negociación.
Si no te han entregado o pagado el finiquito, el primer paso suele ser un requerimiento por escrito a la empresa solicitando el pago y el desglose. Este gesto inicial, además de intentar una solución amistosa, deja constancia de tu reclamación. Si no hay respuesta, el siguiente movimiento es presentar la papeleta de conciliación ante el organismo correspondiente en tu comunidad autónoma. Esta papeleta interrumpe plazos para la posterior demanda, en los términos legales aplicables.
Un punto importante: el cómputo de plazos puede verse afectado por días inhábiles, notificaciones y circunstancias específicas. Por ello, aunque las reclamaciones de cantidad disponen de mayor margen que la impugnación del despido, es preferible no apurar tiempos. Además, si tu caso combina la impugnación del despido y la reclamación de finiquito, la estrategia de plazos debe integrarse para no dejar caducar ninguna acción.
Checklist de urgencia:
- Anota la fecha efectiva de cese.
- Solicita por escrito el finiquito y su desglose.
- Presenta la papeleta de conciliación si no hay respuesta.
- Valora la demanda dentro de los plazos aplicables.
En definitiva, conocer los plazos te permite planificar y ejecutar una reclamación eficaz por el finiquito impagado.
Primeros pasos: requerimiento amistoso y pruebas
Cuando la empresa no paga el finiquito, la mejor estrategia inicial combina formalidad y prudencia. Empieza por un requerimiento escrito, preferiblemente vía burofax o correo con acuse, solicitando el pago y el desglose de conceptos. Mantén un tono profesional, cita la fecha de cese y da un plazo razonable de respuesta. Este paso demuestra buena fe y puede resolver el conflicto sin ir a conciliación ni a juicio.
Paralelamente, reúne pruebas: contrato, anexos, nóminas, registros de jornada, justificantes de comisiones, correos sobre objetivos o variables, cuadrantes de vacaciones, y cualquier comunicación relacionada con la salida. Si firmas un finiquito, anota “no conforme” si detectas errores y conserva copia con la fecha de entrega real. La trazabilidad documental será crucial si acabas en conciliación o demanda.
- Documentos básicos: contrato, últimas nóminas, vida laboral, comunicaciones de cese.
- Pruebas de variables: tablas de comisiones, objetivos, partes de ventas, emails.
- Vacaciones: cuadrantes, solicitudes, calendario laboral y convenios aplicables.
Formato útil de requerimiento: identifica a las partes, describe el impago del finiquito, detalla lo reclamado, fija un plazo y advierte que, de no atenderse, presentarás papeleta de conciliación y demanda.
Cuanto más ordenadas y verificables sean tus pruebas, más fácil será negociar, demostrar los importes y acelerar una resolución favorable.
Conciliación laboral: cómo presentar la papeleta
La conciliación laboral es un trámite previo y, en muchos casos, obligatorio antes de interponer demanda. Consiste en presentar una papeleta ante el servicio competente (como el SMAC o su equivalente autonómico), describiendo los hechos y las cantidades reclamadas por el finiquito. Este paso puede facilitar acuerdos rápidos, reducir costes y evitar la incertidumbre de un juicio.
Para preparar la papeleta, necesitarás tus datos, los de la empresa, la fecha de cese, el detalle de conceptos reclamados (salarios, pagas extra proporcionales, vacaciones no disfrutadas, variables pendientes), y una suma total. Adjuntar documentación no siempre es necesario, pero conviene llevarla a la comparecencia. En la cita de conciliación, se buscará un acuerdo: pago total, parcial, o un calendario de pago. Si se alcanza, se formaliza por escrito con eficacia ejecutiva.
- Redacta hechos y cuantías con claridad y sin ambigüedades.
- Valora incluir una propuesta de acuerdo realista y verificable.
- Acude con tus pruebas y con cálculos listos por si hay negociación in situ.
Ventaja práctica: un buen cálculo del finiquito refuerza tu posición en la conciliación; muestra solvencia técnica y acota el conflicto a números concretos.
Si no hay acuerdo, se emite un acta de “sin avenencia”. Con esta, podrás interponer demanda en el juzgado de lo social competente dentro de los plazos aplicables.
Demanda judicial: procedimiento, costes y riesgos
Si la conciliación no prospera, la vía judicial es el siguiente paso para reclamar el finiquito impagado. La demanda debe recoger los hechos, las pruebas y el cálculo detallado de las cantidades. Puede incluir también pretensiones accesorias como intereses o, si procede, impugnación de la causa de extinción. Aunque no es obligatorio, contar con asesoramiento profesional mejora la calidad técnica de la demanda y la estrategia probatoria.
En cuanto a costes, valora honorarios de abogado o graduado social, y el tiempo de dedicación (preparación de documentación, asistencia a vistas). Los riesgos más habituales son: errores en el cálculo, falta de pruebas sobre variables (comisiones, incentivos), o inconsistencias entre lo pedido en conciliación y lo reclamado en demanda. Mantener coherencia procesal y documental reduce contingencias.
- Preparación: cronología de hechos, pruebas ordenadas, cálculo pormenorizado.
- Estrategia: centra el litigio en conceptos demostrables y cuantificables.
- Resultado: sentencia que puede condenar al pago de cantidades y, si procede, a abonar intereses.
Tip estratégico: conserva comunicaciones y justificantes de entrega del requerimiento y del acta de conciliación. Aportan seriedad y pueden favorecer costas o intereses si la empresa fue renuente sin causa.
La demanda judicial no solo busca cobrar el finiquito; fija un precedente interno y favorece el cumplimiento futuro de la normativa en la empresa. Si tus cálculos son sólidos y las pruebas suficientes, la probabilidad de éxito aumenta notablemente.
Cálculo del finiquito: conceptos y método
Calcular el finiquito con rigor es clave para reclamar lo correcto. Empieza por identificar los días realmente trabajados en el último periodo y multiplica por el salario diario. Añade la parte proporcional de pagas extraordinarias si no estaban prorrateadas: divide la paga anual entre 365 o 360 según convenio o práctica, y multiplícala por los días devengados desde la última paga. Incorpora, además, las vacaciones generadas y no disfrutadas: computa los días que te correspondían en el año en curso y resta los ya disfrutados.
Las variables (comisiones, incentivos, pluses por objetivos) deben acreditarse con tablas, emails o nóminas precedentes. Cuando hay medias o prorrateos, utiliza periodos representativos (por ejemplo, últimos 3 a 12 meses) y explica tu metodología en un cuadro-resumen. No olvides horas extra o guardias abonables si están reguladas por convenio o por acuerdo y tienes prueba suficiente.
- Salario pendiente del mes: salario diario × días trabajados.
- Pagas extra proporcionales: (paga anual / base) × días devengados.
- Vacaciones no disfrutadas: salario diario × días pendientes.
- Variables: media acreditada × periodo correspondiente.
Cuadro de control: crea una tabla con columnas de concepto, base de cálculo, fórmula y resultado. Facilita la negociación y sostiene la demanda si fuera necesaria.
Una vez tengas el total, comprueba retenciones y cotizaciones aplicables, así como posibles deducciones justificadas (anticipos, por ejemplo). El resultado será la cantidad a percibir en concepto de finiquito. Presentar este cálculo de forma clara aumenta la probabilidad de cobro rápido, ya sea en conciliación o por sentencia.
Casos especiales: bajas, despidos, ERE y temporales
No todos los ceses son iguales, y el finiquito puede variar según el supuesto. En la baja voluntaria, la empresa debe liquidar salarios, vacaciones y pagas proporcionales, pero no hay indemnización. Es importante preavisar en los términos pactados en convenio para evitar descuentos por falta de preaviso. En despidos objetivos, procede finiquito más la indemnización correspondiente si el despido es procedente; además, revisa si hay salarios de tramitación en determinados escenarios procesales.
En despidos disciplinarios, aunque la empresa alegue incumplimiento grave, el finiquito de cantidades devengadas sigue siendo exigible. Otra cosa es la indemnización, que no procede si el despido es declarado procedente. En ERE o despidos colectivos, revisa acuerdos alcanzados en el periodo de consultas, ya que pueden existir mejoras indemnizatorias o calendarios de pago que afecten a la liquidación final.
En contratos temporales, al finalizar, suele haber derecho a finiquito y, dependiendo del tipo de contrato y marco normativo, a una indemnización por fin de contrato. Atención especial a los fijos-discontinuos y a la sucesión de contratos para evitar fraudes. En excedencias, suspensiones y otras situaciones especiales (por ejemplo, IT a la fecha de cese), analiza cómo impactan en el devengo de vacaciones y pagas extras.
Recordatorio: sea cual sea la causa de extinción, las cantidades devengadas hasta el último día deben liquidarse. Si tu empresa no paga el finiquito, puedes reclamarlo con independencia del debate sobre la procedencia del despido.
Conocer las particularidades de tu caso te ayudará a ajustar el cálculo y la estrategia de reclamación.
Errores habituales y cómo evitarlos
Cuando falta el finiquito, las prisas y la tensión pueden provocar errores. Uno de los más comunes es firmar sin revisar, o firmar conforme pese a existir discrepancias. Si detectas fallos, firma “no conforme” y anota la fecha real de recepción. Conserva copia y solicita desglose detallado. Otro error es reclamar sin pruebas: prepara tu dossier con nóminas, correos, objetivos y cuadrantes antes de iniciar cualquier trámite.
También es frecuente confundir indemnización con finiquito y reclamar importes inadecuados. Separa ambos conceptos y sustenta cada cantidad con su base de cálculo. Evita plazos vencidos: anota la fecha de cese, inicia el requerimiento cuanto antes y presenta la papeleta de conciliación si no hay respuesta. Finalmente, no subestimes el poder de un cálculo claro: una hoja-resumen con fórmulas entendibles abre puertas a acuerdos rápidos.
- No firmes conforme si hay dudas; usa “no conforme”.
- Reúne pruebas antes de reclamar.
- Separa finiquito de indemnización y calcula con precisión.
- Respeta los plazos y conserva justificantes.
Atajo práctico: prepara un modelo de carta de reclamación con tus datos, fecha de cese, conceptos y total. Úsalo para requerir y como base de la papeleta de conciliación.
Evitar estos fallos incrementa la probabilidad de recuperar tu finiquito sin necesidad de un litigio largo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo firmar el finiquito si no estoy de acuerdo? Sí. Firma “no conforme” e indica la fecha real. Así dejas constancia de tu disconformidad y podrás reclamar después. Guarda copia firmada.
¿Qué hago si la empresa no me entrega el finiquito? Envíale un requerimiento escrito solicitando el documento y el pago. Si no responden, presenta la papeleta de conciliación y, si sigue sin solución, la demanda.
¿El finiquito incluye indemnización? No necesariamente. El finiquito liquida cantidades devengadas. La indemnización depende de la causa de extinción (despido objetivo, improcedente, fin de contrato, etc.).
¿Cómo calculo las vacaciones no disfrutadas? Determina los días que te correspondían en el año, resta los disfrutados y multiplica los pendientes por el salario diario. Apóyate en cuadrantes y convenio.
¿Puedo reclamar comisiones en el finiquito? Sí, si están devengadas. Aporta las pruebas: tablas, emails, objetivos y nóminas previas. Explica tu método de cálculo (media de meses, por ejemplo).
Resumen: si tu empresa no paga finiquito, actúa por pasos: requerimiento documentado, conciliación y demanda con cálculo detallado. Mantén orden y rigor en tus pruebas.