¿Cómo reclamar salarios atrasados legalmente?
Reclamar salarios atrasados: pasos, plazos y pruebas para exigir nóminas impagadas. Revisa tu caso y actúa antes de que prescriba.
Reclamar salarios atrasados significa exigir a la empresa el pago de nóminas o conceptos salariales vencidos y no abonados. En la práctica, el itinerario suele pasar por revisar qué cantidades se deben, reunir pruebas del impago, valorar una reclamación extrajudicial, comprobar si procede conciliación previa y, si se inicia una reclamación judicial, presentar una demanda laboral dentro de plazo.
Cuando hay retrasos o impagos, conviene actuar con rapidez: en materia salarial el tiempo importa, tanto para acreditar la deuda como para evitar problemas de prescripción.
Qué se entiende por salarios atrasados y cuándo existe una deuda salarial
Hay salarios atrasados cuando la empresa no paga en la fecha debida una nómina completa o parte de ella. El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores regula la liquidación y el pago del salario, de modo que, si el salario ha vencido y no se ha abonado correctamente, puede existir una deuda salarial reclamable.
No todo lo pendiente tiene la misma naturaleza. Conviene diferenciar entre:
- Nóminas adeudadas o salarios impagados: mensualidades, pagas extra, pluses salariales o diferencias salariales si realmente tienen naturaleza salarial.
- Finiquito pendiente: cantidades por vacaciones no disfrutadas, parte proporcional de pagas extra u otros conceptos al extinguirse el contrato. Puede incluir salario, pero no se identifica sin más con una nómina impagada.
- Intereses moratorios: en determinados supuestos, si se reclama salario adeudado, puede solicitarse el interés por mora del 10% previsto en el art. 29.3 ET.
Cómo calcular las nóminas adeudadas y qué cantidades pueden reclamarse
El cálculo de deuda debe hacerse con detalle. Lo normal es revisar contrato, convenio colectivo, nóminas anteriores, registro horario si afecta a horas extra y extractos bancarios. Así puede determinarse qué se pactó, qué se devengó y qué no se pagó.
| Concepto | Qué revisar |
|---|---|
| Salario base y complementos | Contrato, convenio y nóminas emitidas |
| Pagas extraordinarias | Si están prorrateadas o pendientes de abono |
| Horas extra o nocturnidad | Registro horario y sistema de control interno |
| Finiquito | Vacaciones pendientes y liquidación final, si hubo extinción |
Si se va a reclamar salarios atrasados, interesa concretar mes a mes la cuantía debida y separar lo estrictamente salarial de otros conceptos. Esa precisión ayuda tanto en la reclamación extrajudicial como en una eventual demanda laboral.
Qué plazo hay para reclamar salarios impagados
La acción para reclamar salarios prescribe al año, conforme al art. 59 ET. Ese plazo suele contarse desde que cada salario pudo exigirse, por lo que no conviene tratar varias mensualidades como si tuvieran un único vencimiento.
En la práctica, revisar fechas exactas de devengo y vencimiento es esencial. Dejar pasar tiempo puede afectar a parte de la reclamación aunque otras mensualidades todavía sigan dentro de plazo.
Qué hacer antes de demandar: reclamación extrajudicial y documentación útil
Antes de acudir al juzgado, puede ser útil formular una reclamación extrajudicial clara. Un burofax de reclamación permite dejar constancia del requerimiento, de las cantidades reclamadas y de la fecha en que se exige el pago.
La documentación que conviene reunir incluye:
- Contrato de trabajo y posibles anexos.
- Nóminas emitidas, aunque no se hayan pagado.
- Extractos bancarios que muestren la falta de ingreso.
- Convenio colectivo aplicable.
- Correos, mensajes o comunicaciones sobre el impago.
- Carta de despido o documentación de extinción, si además hay finiquito pendiente.
Cuanta más precisión haya en la prueba del impago, más fácil será acreditar la deuda salarial y discutir, en su caso, los intereses moratorios en un asesoramiento legal por incumplimiento de contrato.
Cuándo puede ser necesaria la papeleta de conciliación y cómo encaja en la reclamación
En muchas reclamaciones de cantidad en el orden social, la conciliación o mediación previa forma parte del itinerario habitual, de acuerdo con los arts. 63 y siguientes de la LRJS. No obstante, conviene revisar el caso concreto para comprobar si ese trámite previo resulta exigible en la acción que se vaya a ejercitar.
La papeleta de conciliación suele recoger la identificación de las partes, los hechos esenciales y la cuantía reclamada. Aunque no sustituye a la demanda, puede servir para intentar un acuerdo y dejar delimitado el conflicto antes de acudir al juzgado.
Cómo funciona la demanda laboral por salarios atrasados
Si no hay pago y se opta por la vía judicial, la reclamación puede articularse mediante demanda laboral de reclamación de cantidad. Los arts. 80 y siguientes LRJS regulan los requisitos generales de la demanda en el orden social.
Lo importante es que la demanda identifique con claridad:
- Las mensualidades o conceptos impagados.
- La cuantía exacta o, al menos, suficientemente determinada.
- La base documental de la reclamación.
- La petición de interés por mora del 10% del art. 29.3 ET, cuando proceda respecto de salarios adeudados.
Si además hubo extinción del contrato, puede ser aconsejable revisar si junto a los salarios impagados existe un finiquito pendiente o alguna otra acción distinta, porque no todo se tramita del mismo modo ni con los mismos plazos, especialmente en supuestos de despidos laborales.
Qué ocurre si la empresa es insolvente o no paga: FOGASA y cuestiones prácticas
Si la empresa no paga y se acredita su insolvencia o se encuentra en procedimiento concursal, puede entrar en juego el FOGASA dentro de los límites legales. Su función no es sustituir de forma general a la empresa ni abonar cualquier cantidad sin más, sino responder en determinados supuestos y con topes legales por salarios e indemnizaciones reconocidos conforme a la normativa aplicable.
Por eso, cuando hay riesgo de empresa insolvente, conviene conservar la resolución judicial, el acta de conciliación si tiene eficacia ejecutiva y la documentación salarial. La intervención de FOGASA dependerá del título reconocido y de los límites legales vigentes.
Resumen práctico: para reclamar salarios atrasados suele ser clave calcular bien la deuda, reunir prueba del impago, vigilar el plazo anual del art. 59 ET y valorar si el itinerario pasa por reclamación extrajudicial, conciliación laboral y asesoramiento legal a autónomos y empresas. Si la empresa no puede pagar, habrá que revisar si procede acudir a FOGASA y en qué alcance.
Como cierre, el paso más prudente suele ser revisar de inmediato documentación y fechas antes de iniciar una reclamación. En materia de salarios impagados, dejar pasar el plazo puede reducir o comprometer lo que todavía podría recuperarse.
Fuentes oficiales verificables
- Boletín Oficial del Estado: Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Boletín Oficial del Estado: Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.
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