Guía legal para reclamar devolución de aval
Reclamar devolución de aval: identifica la garantía, revisa contrato y pasos legales para exigirla con más seguridad.
Reclamar devolución de aval significa pedir la cancelación, entrega o restitución de una garantía cuando la obligación garantizada ya se ha cumplido o cuando ya no procede mantenerla. Ahora bien, “aval” puede referirse a figuras distintas: un aval bancario, una fianza en sentido civil o una garantía adicional pactada en un contrato, especialmente en alquiler. Por eso, antes de exigir su devolución, conviene identificar la naturaleza exacta de la garantía y revisar la documentación que la regula.
Como pauta general, habrá que valorar el contrato, la póliza o documento de aval, las cláusulas de garantía y los justificantes de cumplimiento. La respuesta jurídica dependerá de esa documentación, de la autonomía de la voluntad del art. 1255 del Código Civil y de la fuerza obligatoria de lo pactado conforme al art. 1091 CC.
Qué significa reclamar la devolución de un aval y cuándo puede plantearse
La devolución de un aval puede plantearse cuando la obligación principal ya se ha cumplido, el plazo de garantía ha vencido, la relación contractual se ha extinguido o la parte beneficiaria no justifica por qué mantiene retenida la garantía. No existe una regla única aplicable a todos los supuestos.
Si se trata de una garantía accesoria, lo normal es analizar si la obligación principal sigue viva y si el contrato prevé una forma concreta de cancelación del aval. En otros casos, lo que se reclama no es tanto la “devolución” física del aval como su cancelación, la liberación del garante o la restitución de cantidades vinculadas a una garantía.
Cómo distinguir entre aval bancario, fianza y garantía adicional en un alquiler
No conviene tratar como equivalentes absolutos aval y fianza. El aval bancario suele instrumentarse por una entidad financiera que garantiza el cumplimiento frente al beneficiario en los términos del documento emitido. La fianza, si el caso encaja realmente en esa figura, se regula en los arts. 1822 y siguientes CC como obligación accesoria por la que un fiador responde del cumplimiento de una obligación ajena.
En el aval alquiler, además, puede haber varias capas de garantía. En arrendamientos de vivienda, el art. 36 LAU distingue entre la fianza legal obligatoria y otras garantías adicionales que las partes puedan pactar. Por tanto, cuando un usuario habla de “devolución del aval”, puede estar refiriéndose a la devolución de la fianza legal, a la cancelación de un aval bancario o a la liberación de una garantía adicional.
La consecuencia práctica es clara: habrá que valorar qué garantía existe realmente y qué requisitos de devolución o cancelación prevé el contrato.
Qué documentación conviene revisar antes de reclamar
- Contrato principal y anexos.
- Documento de aval bancario, póliza o cláusula de garantía.
- Recibos, transferencias o justificantes de pago.
- Actas de entrega, fin de obra, recepción de llaves o documentos equivalentes.
- Comunicaciones previas entre las partes.
- Liquidaciones, facturas o imputación de daños, si se alegan incumplimientos.
También conviene analizar si el contrato fija un plazo de devolución o un procedimiento de cancelación. No debe presumirse un plazo único para toda reclamación: dependerá del tipo de garantía, del contenido del contrato y, en su caso, de la acción que se ejercite.
Cómo hacer una reclamación extrajudicial: contrato, requerimiento y burofax
Antes de acudir a los tribunales, puede ser útil formular un requerimiento extrajudicial claro y documentado. No es un requisito legal general en todos los casos, pero sí una herramienta probatoria muy recomendable.
- Identificar la garantía y la obligación garantizada.
- Explicar por qué se considera cumplida o extinguida.
- Solicitar la devolución de la garantía o la cancelación del aval.
- Aportar copia de la documentación relevante.
- Conceder un plazo razonable de respuesta.
El burofax reclamación puede servir para acreditar el contenido del requerimiento y su recepción. En una carta reclamación conviene evitar afirmaciones genéricas y ceñirse a lo pactado y a los documentos disponibles del contrato privado.
Qué opciones pueden valorarse si no devuelven el aval
Si no hay respuesta o la negativa no parece justificada, puede valorarse una reclamación judicial. La vía concreta dependerá de la naturaleza de lo reclamado y de la prueba disponible.
El proceso monitorio solo encaja con prudencia cuando se reclama una deuda dineraria vencida, exigible y acreditable documentalmente. No debe presentarse como vía universal para cualquier conflicto sobre devolución de aval. Si lo discutido es la procedencia de la cancelación de una garantía, la existencia de incumplimientos o la interpretación del contrato, puede resultar más adecuado un juicio declarativo.
Si se inicia una reclamación judicial, conviene aportar contrato, requerimientos y documentos que acrediten el cumplimiento. En determinados supuestos también habrá que valorar si existe pacto arbitral, aunque no es la solución habitual si no consta expresamente.
Errores frecuentes al reclamar la devolución de un aval
- Llamar aval a cualquier garantía sin comprobar su naturaleza jurídica.
- No distinguir entre fianza legal y garantías adicionales en alquiler.
- Reclamar sin revisar cláusulas de vencimiento, cancelación o ejecución.
- No conservar prueba del cumplimiento de la obligación principal.
- Pensar que siempre existe un mismo plazo devolución.
- Acudir al monitorio cuando la controversia no es una simple deuda dineraria.
En conclusión, para reclamar devolución de aval con criterio, lo esencial es identificar qué garantía existe, revisar qué se pactó y reunir soporte documental suficiente. Como siguiente paso razonable, puede ser útil recopilar contrato, justificantes y comunicaciones, y valorar un requerimiento formal antes de decidir si procede una reclamación judicial.
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