¿Puedo reclamar intereses por retraso en pagos?

¿Puedo reclamar intereses por retraso en pagos?

Publicado el 07 de septiembre de 2025


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Cuándo procede reclamar intereses por retraso en pagos

Procede reclamar intereses cuando existe una obligación de pago vencida y no satisfecha en el plazo acordado o legal. En general, el devengo es automático desde el día siguiente al vencimiento. Si la factura, contrato o pedido establece fecha concreta, el retraso comienza al día siguiente; si no hay fecha, se aplica el plazo que resulte de la normativa o de los usos del tráfico. En el ámbito empresarial (B2B), los plazos de pago suelen ser rígidos y el interés por morosidad se devenga sin necesidad de requerimiento formal, salvo que el contrato disponga otra cosa.

En ventas a consumidores, la exigencia de intereses requiere extremar el control de transparencia y proporcionalidad, evitando tipos desmesurados. En suministros recurrentes (mantenimiento, telecomunicaciones, energía), la factura aceptada y no impugnada es título suficiente para exigir intereses desde su vencimiento. En contratos de obra y servicios, el hito clave es el acta de entrega o certificación de obra, o la aceptación de los trabajos, a partir de lo cual se computa el plazo para pagar.

  • Existe deuda líquida, vencida y exigible (factura o contrato).
  • El deudor ha incumplido el plazo pactado o legal.
  • No concurre una causa justificada de suspensión del pago (por ejemplo, defectos graves acreditados).
  • En B2B, el interés de demora se devenga normalmente sin requerimiento; en B2C, conviene requerir.

Consejo práctico: aunque no siempre es necesario, enviar un burofax o correo certificado previo acelera acuerdos y deja constancia del devengo de intereses y posibles costes de cobro.

Por tanto, si tu cliente, proveedor o arrendatario paga tarde, puedes reclamar intereses por retraso en pagos desde el día siguiente al vencimiento. Si además se han generado gastos de cobro (gestión, notificaciones), en entornos B2B es habitual recuperar un importe fijo mínimo por costes de recobro, además de los intereses, siempre que se acredite el impago y se respete la proporcionalidad.

Cómo calcular los intereses por retraso en pagos

El cálculo de intereses por retraso en pagos se realiza de forma lineal y diaria sobre el principal impagado. La fórmula general es: Interés = Principal × Tipo anual × (días de retraso / 365). Lo primero es fijar con precisión el dies a quo (día inicial) del retraso: normalmente, el día siguiente al vencimiento de la factura o al plazo legal. A continuación, define el tipo aplicable (legal, demora comercial o pactado) y determina si ha habido cambios del tipo durante el periodo (por ejemplo, revisiones semestrales); de ser así, divide el cómputo por tramos.

En la práctica, conviene construir una tabla con columnas para fecha de inicio, fecha de fin, días, tipo y subtotal. Si existe más de una factura, calcula los intereses por cada una, ya que pueden tener fechas y tipos diferentes. Si el deudor ha hecho pagos parciales, resta el importe amortizado desde la fecha del pago y continúa el cómputo sobre el saldo restante.

  • Determina la fecha exacta de vencimiento y el inicio del devengo.
  • Escoge el tipo de interés (legal, demora, moratorio) con base jurídica.
  • Calcula por días y por tramos si el tipo cambia en el tiempo.
  • Aplica pagos parciales y recalcula sobre el saldo vivo.

Tip profesional: adjunta al requerimiento una hoja de cálculo con el detalle del cálculo. Aumenta la transparencia y reduce objeciones.

Finalmente, incorpora en el cálculo los posibles costes de recobro previstos en operaciones B2B (importe fijo mínimo y, si procede, costes acreditados adicionales). Aunque son independientes del interés, su reclamación conjunta suele empujar a un acuerdo rápido. Mantén copias de facturas, correos y comunicaciones para respaldar tanto el devengo como la cuantía.

Procedimiento para reclamar: extrajudicial y judicial

La vía más eficiente comienza con una reclamación extrajudicial clara y documentada. Envía un burofax o correo certificado con: identificación de la deuda, facturas, fecha de vencimiento, tipo de interés aplicado, cálculo detallado por días y advertencia de acciones legales y costes si no se regulariza en un plazo breve (7–15 días). Ofrecer una propuesta de pago escalonado puede facilitar el acuerdo sin renunciar a los intereses devengados.

Si no hay respuesta o el deudor discute sin fundamento, pasa a la vía judicial. Para deudas líquidas, vencidas y exigibles basadas en documentos (facturas aceptadas, albaranes firmados, contratos), el procedimiento monitorio es rápido y económico. Si el deudor se opone, el asunto se transforma en juicio verbal u ordinario en función de la cuantía. En todos los casos, solicita en la demanda el principal, los intereses por retraso en pagos (indicando el tipo y el periodo), y las costas.

  • Fase previa: requerimiento fehaciente y negociación.
  • Monitorio: idóneo para facturas y servicios impagados.
  • Juicio declarativo: si hay oposición o controversia compleja.
  • Ejecución: una vez tengas resolución, embargos y apremio.

No olvides reclamar también los intereses en la fase de ejecución, pues el devengo continúa hasta el pago completo.

Una gestión ordenada, con plazos claros y documentos listos, incrementa la probabilidad de cobro temprano y evita costes innecesarios. Si la cuantía es elevada o hay cláusulas complejas, contar con asesoramiento legal especializado acelera el proceso y reduce riesgos.

Documentación y pruebas necesarias

El éxito de una reclamación de intereses depende de la calidad de la prueba documental. Reúne el contrato, presupuesto aceptado, condiciones generales, pedidos, albaranes de entrega y, sobre todo, las facturas con su fecha de emisión y vencimiento. Si existe correspondencia que evidencie la aceptación del servicio o producto, inclúyela. Cualquier reconocimiento de deuda por parte del deudor, aunque sea por email, reforzará tu posición.

Es clave conservar los requerimientos fehacientes (burofax, certificados, emails con acuse) porque aceleran acuerdos y sirven como hitos de devengo. Si hay pagos parciales, aporta justificantes para recalcular intereses sobre el saldo. En entornos B2B, añade la normativa aplicable y, si procede, referencias al tipo de interés de demora comercial vigente en los periodos reclamados.

  • Contrato, presupuesto o pedido aceptado.
  • Albaranes, certificaciones, actas de recepción.
  • Facturas y calendario de vencimientos.
  • Requerimientos previos y respuestas del deudor.
  • Justificantes de pagos parciales y cálculo detallado.

Ordena la documentación en un único dossier cronológico y numera los anexos. Facilita la negociación y, si hace falta, la demanda.

Si el deudor cuestiona la calidad del servicio o la entrega, incorpora partes de trabajo, firmas, correos y cualquier evidencia que demuestre la conformidad. Cuanto más clara sea la trazabilidad, más difícil será oponerse al pago de intereses por retraso en pagos.

Plazos de prescripción y cómputo

Además de reclamar a tiempo, debes cuidar la prescripción. El derecho a exigir el pago de intereses y principal caduca si no se ejercita dentro del plazo legal aplicable. El cómputo suele iniciarse desde el vencimiento o desde el último acto interruptivo de la prescripción (por ejemplo, un requerimiento fehaciente o un reconocimiento de deuda). Cada jurisdicción fija plazos específicos para acciones personales, por lo que conviene verificar el marco aplicable a tu caso.

La prescripción se interrumpe mediante acciones judiciales y, en muchos supuestos, por reclamaciones extrajudiciales fehacientes. Tras la interrupción, el plazo se reinicia íntegramente. En reclamaciones con varias facturas, el criterio prudente es no dejar que transcurra el plazo respecto de ninguna, por lo que resulta aconsejable realizar recordatorios periódicos, documentados y agrupados por periodos para no dispersar esfuerzos.

  • Identifica el plazo legal aplicable a tu relación (B2B/B2C).
  • Interrumpe la prescripción con requerimientos fehacientes.
  • Documenta los actos interruptivos y guarda acuses.
  • No esperes: agenda reclamaciones antes de la fecha límite.

Buenas prácticas: crea un calendario de vencimientos y alertas para intervenir antes de la prescripción. Evitarás perder el derecho a intereses.

Controlar la prescripción es tan importante como calcular bien los intereses. Una reclamación impecable pero fuera de plazo tiene pocas posibilidades de prosperar. Si estás cerca del límite, prioriza la acción judicial para interrumpir el plazo y consolidar tu posición.

Estrategias para empresas y autónomos (B2B)

En entornos B2B, la prevención y la disciplina de cobro son esenciales. Antes de contratar, incorpora en las condiciones generales un interés moratorio claro, una cláusula de costes de recobro y plazos de pago ajustados a la normativa. Valida la solvencia de nuevos clientes, establece límites de crédito y usa herramientas como seguros de crédito o garantías. Estas medidas reducen el riesgo y refuerzan tu capacidad de reclamar intereses por retraso en pagos si la morosidad llega.

Operativamente, implanta un ciclo de cobro con hitos fijos: recordatorio suave previo al vencimiento, aviso el día del vencimiento, requerimiento fehaciente a los 7–10 días, propuesta de plan de pagos a los 20–30 días y escalado a asesoría legal a los 45 días. Automatiza emails y centraliza evidencias en un CRM. Para clientes estratégicos, ofrece un descuento por pronto pago; para reincidentes, aplica estrictamente intereses y costes de recobro.

  • Condiciones contractuales sólidas y transparentes.
  • Calendario de cobros automatizado y trazable.
  • Incentivos por pronto pago y penalizaciones por mora.
  • Uso del monitorio como vía rápida ante impagos.

Checklist B2B: contrato + tipo de interés + plazos + costes de recobro + CRM de evidencias + hoja de cálculo de intereses por factura.

Estas estrategias, combinadas con una política de riesgo coherente, mejoran la liquidez de la empresa y elevan la tasa de recuperación sin deteriorar la relación comercial, porque todo se gestiona con reglas claras conocidas desde el inicio.

Errores frecuentes y cómo evitarlos

El primer error es no pactar nada sobre intereses y plazos, dejando la relación a interpretaciones. El segundo, reclamar tarde, permitiendo que corra la prescripción o dando una imagen de laxitud. El tercero, no justificar el tipo de interés aplicado ni adjuntar el cálculo por días, lo que facilita impugnaciones. El cuarto, confundir intereses con penalizaciones desproporcionadas que pueden tacharse de abusivas.

Evitar estos fallos es sencillo con procedimientos internos: plantillas contractuales con interés moratorio claro y compatible con la normativa, fichas de cliente con límites de crédito, calendario de cobros y modelos de burofax preaprobados. Además, conviene auditar cada trimestre las cuentas a cobrar, identificando moras crecientes para actuar antes de que se cronifiquen.

  • Pacta interés moratorio y costes de recobro desde el inicio.
  • Reclama pronto y documenta cada gestión.
  • Adjunta cálculo detallado y base jurídica del tipo aplicado.
  • Evita cláusulas desproporcionadas o poco transparentes.

Registra todas las comunicaciones en un único hilo y guarda acuses; la trazabilidad es tu mejor defensa frente a objeciones del deudor.

Finalmente, al negociar, sé firme pero flexible: aceptar un plan de pagos realista con intereses puede resultar más rentable que un pleito largo. Eso sí, documenta cualquier acuerdo y prevé qué ocurre si el deudor vuelve a incumplir.

Preguntas frecuentes

¿Necesito requerir antes de reclamar intereses? En B2B, muchas veces el interés se devenga automáticamente desde el vencimiento, pero un requerimiento fehaciente acelera acuerdos y deja constancia. En B2C, es recomendable requerir para evitar controversias.

¿Qué tipo de interés me conviene aplicar? Compara el interés legal, el de demora comercial y el moratorio pactado. Elige el más favorable permitido por la ley y justifícalo en tu carta de reclamación.

¿Puedo reclamar también costes de recobro? En operaciones B2B es habitual un importe fijo mínimo más costes adicionales acreditados. Inclúyelos si la ley y el contrato lo permiten, junto con los intereses por retraso en pagos.

¿Qué pasa si el deudor paga parcialmente? Recalcula los intereses sobre el saldo pendiente desde la fecha del pago parcial y actualiza el cuadro de devengo por tramos.

¿Cuándo prescribe mi derecho a reclamar? Depende del marco legal aplicable. Interrumpe el plazo con requerimientos fehacientes o acciones judiciales y documenta los acuses para reiniciar el cómputo.

Si tu caso es complejo o de cuantía relevante, consulta con un profesional para optimizar el tipo aplicable, el cálculo y la estrategia procesal.

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