¿Puedo denunciar a mi expareja por impago?

¿Puedo denunciar a mi expareja por impago?

Publicado el 27 de octubre de 2025


📖 Tiempo estimado de lectura: 9 min

¿Qué significa “denunciar por impago” y cuándo aplica?

Cuando te preguntas “¿puedo denunciar a mi expareja por impago?”, normalmente te refieres al incumplimiento de obligaciones económicas fijadas en una resolución judicial o convenio regulador homologado: la pensión alimenticia de los hijos, la pensión compensatoria o determinados gastos extraordinarios. “Denunciar” puede implicar acudir a la vía penal por un presunto delito de impago de prestaciones familiares, o iniciar actuaciones civiles como la ejecución de sentencia para reclamar cantidades atrasadas. La clave está en identificar qué obligación se ha incumplido, durante cuánto tiempo y si existe una resolución que la imponga con claridad.

En la práctica, la mayoría de casos de impago de pensión alimenticia se canalizan por la vía civil de ejecución, que permite embargar bienes y salarios para satisfacer la deuda. La vía penal es más restrictiva: exige, por lo general, impagos voluntarios y reiterados durante periodos concretos. Por eso, antes de dar ningún paso, conviene reunir documentación que acredite la deuda, revisar el convenio o la sentencia y analizar las causas alegadas por la expareja (pérdida de empleo, reducción de ingresos, enfermedad). La existencia de dificultades económicas no elimina la obligación, pero puede condicionar la respuesta judicial y los tiempos de cobro.

Idea clave: si hay resolución que fija la pensión y tu expareja no paga, existen mecanismos eficaces para reclamar. Elegir la vía correcta (civil o penal) depende del tipo de impago, su duración y la posibilidad real de cobrar.

  • Impagos de pensión alimenticia y/o compensatoria.
  • Gastos extraordinarios aprobados o comunicados conforme al convenio.
  • Incumplimientos reiterados o parciales que generan deuda acumulada.

Vía penal vs. vía civil: cuál elegir según tu caso

Para reclamar un impago a tu expareja, puedes optar por la vía civil o la vía penal. La vía civil, a través de la ejecución de sentencia, es la más utilizada porque se centra en asegurar el cobro: permite embargar nóminas, cuentas, devoluciones de Hacienda, saldos de monederos electrónicos e incluso vehículos o inmuebles. Además, puede solicitarse el interés legal de la deuda y las costas. Es una vía especialmente adecuada cuando existe solvencia o rastros de ingresos embargables, y cuando se pretende recuperar cuanto antes las cantidades adeudadas.

La vía penal está pensada para los supuestos más graves y persistentes, en los que el impago es consciente y prolongado. Es una respuesta sancionadora que, además de exigir el pago, puede acarrear antecedentes y penas. Sin embargo, no todos los retrasos o dificultades económicas constituyen delito. En la práctica, muchas denuncias penales acaban archivadas si no se demuestra la voluntad de incumplir pese a tener capacidad de pago. Por este motivo, los profesionales suelen recomendar comenzar por la ejecución civil, salvo que concurran claros indicios de impago doloso y continuado.

Regla práctica: si tu prioridad es cobrar y hay posibilidades reales de localizar ingresos o bienes, prioriza la vía civil. Si existen indicios sólidos de impago intencionado y prolongado, valora además la denuncia penal.

  • Vía civil: ejecución de sentencia, embargo, intereses y costas.
  • Vía penal: sanción por impago intencional y reiterado.
  • Ambas vías pueden ser complementarias en determinados contextos.

Requisitos y pruebas imprescindibles para acreditar el impago

Para prosperar en una reclamación por impago de tu expareja necesitas demostrar tres elementos: (1) la existencia de una obligación económica clara (pensión alimenticia, compensatoria o gasto extraordinario) establecida en convenio regulador o sentencia; (2) la cuantía exacta que debía pagarse en cada periodo (mensual, por ejemplo) y (3) el incumplimiento efectivo, total o parcial, durante uno o varios meses. La mejor prueba es documental: resolución judicial, cuadro de pagos debidos y justificantes bancarios (ingresos realizados y meses sin abono). Si hubo pagos en efectivo, intenta recopilar recibís firmados, mensajes o correos que los acrediten.

También es útil reunir evidencias sobre la capacidad económica de tu expareja: nóminas, contratos, vida laboral, movimientos en cuentas conocidos, redes profesionales o información patrimonial accesible. No siempre podrás obtenerlo todo, pero el juzgado puede requerir datos a empresas y bancos durante la ejecución. Si existen gastos extraordinarios (médicos, gafas, actividades), conserva facturas y prueba de haberlos comunicado conforme a lo pactado. La cronología es clave: elabora una tabla simple con meses, pagos debidos, pagos recibidos y saldo pendiente.

Documentos básicos: sentencia o convenio, DNI, libro de familia (si aplica), extractos bancarios, facturas de gastos extraordinarios, comunicaciones y cualquier acuerdo escrito.

  • Cuadro de deuda actualizado (mes a mes).
  • Acreditación de comunicaciones previas (burofax, email).
  • Datos indicativos de solvencia (cuando sea posible).

Procedimiento paso a paso para reclamar el impago

El procedimiento habitual para reclamar el impago de pensión alimenticia a tu expareja se inicia recopilando la documentación y calculando la deuda. Con ese material, tu abogado prepara una demanda de ejecución de sentencia ante el mismo juzgado de familia que dictó la resolución. La demanda solicita la cantidad vencida e impagada, intereses y costas, y puede proponer medidas de localización de bienes, como oficios a la Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Tributaria y entidades financieras. Si hay urgencia, se pueden pedir medidas de retención de saldos o de embargo preventivo para asegurar el cobro.

Una vez admitida, el juzgado requerirá de pago a la parte deudora, que podrá oponerse por motivos tasados (por ejemplo, acreditando pago ya realizado o error en el cálculo). Si no paga ni logra enervar la ejecución, se embargan bienes y rentas hasta cubrir la deuda. Paralelamente, si el impago es grave y persistente, podrías valorar presentar denuncia penal, aunque conviene hacerlo de forma estratégica y con asesoramiento para no dispersar esfuerzos. Además, si las circunstancias económicas han cambiado de manera relevante, cualquiera de las partes puede solicitar una modificación de medidas para ajustar la pensión a la nueva realidad; esto no borra la deuda pasada, pero puede evitar que siga creciendo.

Checklist: documentación completa, cálculo claro, demanda de ejecución, oficios de localización, seguimiento de embargos y actualización de la deuda con intereses.

  • Preparación de la demanda con cuadro de deuda.
  • Requerimiento de pago y posible oposición.
  • Embargo de nómina, cuentas, devoluciones y bienes.

Plazos, cuantías y cálculo de la deuda de pensión

Calcular correctamente la deuda es esencial para que tu reclamación prospere y puedas recuperar lo debido. Empieza por el importe mensual fijado en sentencia o convenio. Resta los pagos efectivamente realizados y suma los meses impagados totales o parciales. Añade los intereses legales desde cada vencimiento, porque cada mensualidad impagada genera su propio interés. Si hay gastos extraordinarios, inclúyelos solo si cumplen los requisitos del convenio: naturaleza del gasto, necesidad, y si requirieron previa comunicación o autorización.

Respecto a los plazos, la acción de ejecución no es ilimitada: conviene actuar con diligencia para evitar problemas de prescripción o caducidad y, sobre todo, para no dificultar la localización de bienes. Es común que cuanto antes se accione, más opciones existan de encontrar ingresos embargables. Si tu expareja cambia de trabajo, el juzgado puede oficiar a la Seguridad Social y a Hacienda para actualizar información y continuar el embargo en el nuevo empleo. Mantener el cuadro de deuda al día te permitirá pedir ampliaciones de ejecución por nuevas mensualidades que vayan venciendo.

Consejo práctico: usa una hoja de cálculo con columnas por mes, cantidad debida, cantidad pagada, saldo del mes, saldo acumulado e intereses. Facilita el trabajo del juzgado y evita errores.

  • Mensualidades impagadas y parciales bien identificadas.
  • Intereses legales desde cada vencimiento.
  • Posibilidad de ampliación de ejecución por deudas nuevas.

Medidas cautelares, embargos y garantías de cobro

Cuando se reclama el impago a la expareja, el objetivo no es solo obtener una resolución favorable, sino cobrar. Por ello, en la demanda de ejecución puedes pedir medidas que aseguren el resultado, como la averiguación patrimonial y el embargo de salarios, cuentas y devoluciones fiscales. El embargo de nómina se practica respetando los límites de inembargabilidad, pero permite captar parte de los ingresos mes a mes hasta saldar la deuda. Si se conoce la existencia de vehículos o inmuebles, se pueden anotar embargos preventivos para evitar su transmisión.

Otra herramienta útil es la orden de retención sobre saldos bancarios localizados, que el juzgado remite a las entidades para inmovilizar fondos suficientes. En algunos casos, el juez puede acordar la retención de devoluciones de IRPF o ayudas públicas mientras persista la deuda. Estas medidas se combinan con peticiones periódicas de información a bases de datos públicas para actualizar el mapa de bienes e ingresos. También es posible solicitar que se requiera al deudor para que manifieste bienes; si no coopera, puede exponerse a responsabilidades adicionales.

Pro tip: aporta cualquier dato útil: empresa donde trabaja, número de cuenta conocido, matrícula del coche, agencia de seguros o arrendador. Pequeñas pistas aceleran el embargo.

  • Embargo de nómina con límites de inembargabilidad.
  • Bloqueo de saldos bancarios y devoluciones fiscales.
  • Averiguación patrimonial periódica y anotaciones preventivas.

Errores comunes al denunciar a la expareja por impago

Uno de los errores más frecuentes es confundir la finalidad de cada vía. La denuncia penal no siempre acelera el cobro; de hecho, si no se cumplen los requisitos específicos, puede archivarse y consumir recursos. Otro error es dejar pasar el tiempo: cuanto más se demora la reclamación, más difícil puede ser localizar bienes y más crece la deuda con intereses. También es un fallo habitual presentar cálculos imprecisos o no documentar adecuadamente los pagos parciales, abonos en efectivo o gastos extraordinarios.

En el plano personal, evita comunicaciones hostiles que puedan perjudicarte procesalmente. Prioriza mensajes formales y, ante incidencias graves, utiliza medios fehacientes como el burofax. Si tu expareja ha sufrido una caída drástica de ingresos, recuerda que eso no le exonera de la obligación, pero podría fundamentar una petición de modificación de medidas; no mezcles debates: la deuda vencida se ejecuta y, aparte, se puede revisar la pensión futura. Por último, no subestimes el valor del asesoramiento especializado: un abogado de familia optimiza la estrategia, ordena la prueba y mejora las probabilidades de éxito.

Evita: cálculos confusos, pruebas dispersas, esperas innecesarias y uso inadecuado de la vía penal. Haz: cuadro de deuda claro, comunicaciones fehacientes y ejecución diligente.

  • No demorar la acción ejecutiva.
  • Separar ejecución de deuda y modificación de medidas.
  • Centralizar la prueba en documentos verificables.

Costes, justicia gratuita y elección de abogado

Reclamar el impago de tu expareja tiene costes asociados (honorarios profesionales, tasas si proceden, burofax, copias y certificaciones). En la ejecución civil es habitual que, si tu demanda prospera, el juzgado condene en costas al deudor, lo que ayuda a compensar el gasto. Además, si cumples determinados requisitos económicos, puedes optar a la justicia gratuita, que cubre la intervención de abogado y procurador. Valora siempre la relación coste–beneficio: una estrategia enfocada y bien documentada suele reducir tiempos y aumentar las probabilidades de recuperación efectiva.

A la hora de elegir abogado, prioriza experiencia en derecho de familia y, si es posible, en ejecución de pensiones y medidas. Pregunta por el plan de acción: documentación necesaria, tiempos estimados, posibles embargos, calendario de ampliaciones de ejecución y criterios para valorar o no una denuncia penal complementaria. La transparencia en los honorarios y en la comunicación (informes periódicos, hitos del procedimiento) es tan relevante como el conocimiento técnico. Un buen profesional te ayudará a dimensionar expectativas y a mantener la calma durante el proceso, que puede ser insistente pero eficaz.

Tip de elección: solicita una primera consulta orientativa, confirma que tu documentación está completa y pide un presupuesto cerrado por fases (inicial, ejecución, ampliaciones).

  • Posible condena en costas a la parte deudora.
  • Acceso a justicia gratuita si cumples requisitos.
  • Plan de acción claro y medición de avances.

Preguntas frecuentes

¿Puedo denunciar a mi expareja por impago si no hay sentencia? Si no existe sentencia ni convenio homologado, lo primero es obtener una resolución que fije la obligación de pago (medidas provisionales o definitivas). Sin ese marco, la reclamación es más compleja y no procede la ejecución de cantidades periódicas como pensión.

¿Qué pasa si mi expareja alega que no puede pagar? La falta de ingresos no elimina la deuda vencida. Puede solicitarse una modificación de medidas para ajustar la pensión futura, pero las cantidades ya devengadas siguen siendo exigibles. En ejecución, el juzgado valorará embargos respetando los límites legales.

¿Cuánto tarda en embargarse la nómina? Depende de la localización del empleo y de la carga del juzgado. Una vez oficiada la empresa, el embargo se activa en la siguiente nómina disponible, aplicando los tramos de inembargabilidad. Mientras tanto, pueden trabarse otros bienes o saldos bancarios.

¿Puedo reclamar también gastos extraordinarios? Sí, si el convenio o la sentencia los prevé y se han cumplido los requisitos (necesidad, comunicación, autorización). Aporta facturas y justificantes. Si hay controversia, el juzgado resolverá qué gastos corresponden y en qué porcentaje.

¿Es recomendable denunciar por la vía penal? Solo en supuestos de impago persistente y con indicios de voluntad de incumplir pese a capacidad de pago. La vía civil de ejecución suele ser más rápida para cobrar. En algunos casos, ambas pueden combinarse estratégicamente.

Resumen: ante el impago de tu expareja, calcula la deuda, reúne pruebas y activa la ejecución civil cuanto antes. Valora medidas cautelares y, si procede, la vía penal en supuestos graves.

Consulta legal GRATIS aquí