
¿Cómo reclamar indemnización por accidente laboral?
Publicado el 11 de septiembre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 10 min
Índice
- Qué es accidente laboral y tipos
- Derechos, coberturas y mutua
- Primeros pasos tras el accidente
- Cálculo de la indemnización
- Pruebas y documentación necesaria
- Responsabilidad empresarial y recargo de prestaciones
- Plazos y vías para reclamar
- Negociación con la mutua y aseguradoras
- Errores frecuentes y consejos clave
- Preguntas frecuentes
Qué es accidente laboral y tipos
Un accidente laboral es todo suceso que sufre el trabajador con ocasión o por consecuencia directa del trabajo que realiza por cuenta ajena. La definición incluye tanto los hechos ocurridos en el centro de trabajo como los acaecidos fuera de él cuando exista relación causal con la actividad profesional. En este marco también se consideran determinadas enfermedades y agravaciones siempre que tengan origen en el desempeño de la tarea. Conocer qué entra y qué queda fuera es esencial para reclamar indemnización por accidente laboral con garantías y encuadrar correctamente las coberturas.
Entre los tipos más habituales están los accidentes “en misión” (durante desplazamientos por trabajo), los ocurridos dentro del centro o en obra, los tecnológicos (máquinas, herramientas), y los derivados de falta de medidas de prevención o de formación. Un capítulo específico lo ocupan los denominados accidentes in itinere, que suceden al ir o volver del trabajo por el trayecto habitual. También existen supuestos “asimilados” como los ocurridos en tareas sindicales, descansos retribuidos o actividades complementarias autorizadas por la empresa.
No todo incidente será indemnizable: los hechos debidos a imprudencia temeraria, embriaguez o consumo de estupefacientes, o los que rompen el nexo causal, pueden excluirse o reducir la responsabilidad. Por ello, identificar con precisión el tipo de accidente y sus circunstancias (hora, lugar, actividad concreta, órdenes recibidas, equipos de protección disponibles) marcará la estrategia para cuantificar daños, activar prestaciones y, si procede, exigir responsabilidad a la empresa o a terceros intervinientes (contratas, fabricantes, servicios de prevención).
Idea clave: Clasificar bien el siniestro (centro, misión, in itinere, falta de medidas, intervención de terceros) es el primer paso para elegir la vía de reclamación y maximizar la indemnización.
Derechos, coberturas y mutua
Tras un siniestro laboral entran en juego distintas coberturas: asistencia sanitaria y rehabilitación, prestaciones por incapacidad temporal o permanente, posibles indemnizaciones por daños y perjuicios y, en su caso, el recargo de prestaciones si hubo falta de medidas de seguridad. La mutua colaboradora o el servicio público de salud asumen la atención médica, mientras que el pago de prestaciones se gestiona conforme a la normativa de Seguridad Social. Paralelamente, la empresa puede tener pólizas colectivas de accidentes o responsabilidad civil que complementen la protección.
Tienes derecho a baja por contingencia profesional cuando el parte de accidente confirma el origen laboral. Esto implica un mayor porcentaje de base reguladora que en contingencia común y prioriza pruebas y rehabilitación. Si la mutua discute el nexo laboral, puede iniciarse una determinación de contingencia ante la administración y los tribunales, aportando informes médicos, testigos y documentación preventiva. Además, si el accidente deriva de incumplimientos de seguridad, el trabajador puede reclamar indemnización por accidente laboral frente a la empresa o terceros responsables, separada de las prestaciones públicas.
No olvides revisar si existe seguro de convenio (muy frecuente en sectores industriales) que fija indemnizaciones cerradas por lesiones permanentes, fallecimiento o incapacidad. También son relevantes las mejoras voluntarias pactadas en convenio o contrato. Entender este mapa de coberturas —pública, mutua, seguro de convenio, responsabilidad civil— permite estructurar una reclamación completa y evitar solapamientos o renuncias indeseadas.
- Asistencia sanitaria y rehabilitación preferente.
- Prestaciones por incapacidad temporal con base profesional.
- Posible incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
- Indemnización civil por daños y perjuicios (dolor, lucro cesante, secuelas).
- Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad.
Primeros pasos tras el accidente
Actuar con método desde el minuto uno aumenta las probabilidades de éxito. Lo primero es la salud: acudir a urgencias o a la mutua y explicar que el siniestro es laboral, indicando con precisión cómo ocurrió. Pide copia del parte de asistencia, de la historia clínica y de cualquier prueba diagnóstica. Si el accidente ocurrió en el centro, comunica de inmediato al superior y rellena el parte de accidente laboral; solicita el informe interno (investigación de accidente) y, si existe, el parte a la autoridad laboral.
Recopila pruebas: fotografías del lugar, de la máquina o herramienta implicada, del estado de orden y limpieza, señalización y equipos de protección individual. Obtén datos de testigos (compañeros, contratas, clientes) y guarda comunicaciones internas (emails, chats, instrucciones). Anota fecha y hora, cambios de turno, prisas por plazos o falta de formación. Si hubo intervención de terceros (empresa subcontratada, proveedor, fabricante), identifica sus datos. Preserva ropa dañada, EPIs y cualquier elemento físico que pueda peritarse más adelante.
En paralelo, registra por escrito toda interacción con la mutua: citas, diagnósticos, altas y bajas. Si te dan el alta y no estás recuperado, solicita disconformidad y valoración por inspección médica. Documenta gastos (farmacia, desplazamientos, rehabilitación privada) y anota días de baja y de limitación para tareas cotidianas. Estos detalles serán esenciales para reclamar indemnización por accidente laboral y para el cálculo de secuelas y perjuicios económicos.
Checklist exprés: atención médica, parte de accidente, fotos y testigos, conservar EPIs, pedir investigación interna, recopilar informes y justificantes de gastos.
Cálculo de la indemnización
La cuantía total suele componerse de varios bloques: daños personales (días de curación, secuelas, intervenciones), perjuicios económicos (salarios dejados de percibir, complementos variables, horas extra), gastos (medicamentos, ortopedia, rehabilitación, desplazamientos) y, si procede, daño moral y pérdida de calidad de vida. En el ámbito civil se utilizan criterios objetivos para valorar días de baja y secuelas; además, en el terreno laboral puede reclamarse lucro cesante cuando la lesión reduce ingresos presentes o futuros, y daño emergente por los costes afrontados.
Para afinar el cálculo, es clave disponer de informes médicos que fijen la estabilización de las lesiones (alta médica) y detallen limitaciones funcionales. A partir de ahí, se determina el número de días impeditivos y no impeditivos, las secuelas estéticas y funcionales, y su impacto profesional. Si la lesión genera incapacidad permanente, la valoración cambia: puede reconocerse una pensión y, adicionalmente, una indemnización por responsabilidad civil cuando exista culpa o negligencia empresarial o de terceros. En ciertos sectores, el seguro de convenio fija cantidades tasadas por contingencias concretas.
Las cuentas deben ser transparentes y trazables. Recomienda elaborar una hoja de cálculo con conceptos, cuantías y respaldo probatorio (documento que lo acredita). Una estrategia sólida combina la reclamación previa a la aseguradora con una propuesta indemnizatoria detallada, lo que acelera acuerdos y reduce litigios. En supuestos complejos conviene un peritaje médico y, si procede, de prevención de riesgos para acreditar deficiencias técnicas.
- Días de baja (impeditivos/no impeditivos) y secuelas valoradas objetivamente.
- Lucro cesante: variables, pluses, promociones frustradas.
- Gastos acreditados: transporte, farmacia, ortopedia, terapias.
- Daño moral y pérdida de calidad de vida.
- Seguro de convenio y mejoras pactadas.
Pruebas y documentación necesaria
El éxito de la reclamación descansa en un dossier probatorio completo. A nivel médico: partes de asistencia, informes de urgencias, pruebas diagnósticas (radiografías, resonancias), informes de especialidades y rehabilitación, y el alta con secuelas. A nivel laboral: parte de accidente, investigación interna, registros de formación y entrega de EPIs, evaluaciones de riesgos, plan de seguridad, actas del comité de seguridad y salud, y comunicaciones con la mutua.
Recoge también elementos materiales (fotografías del lugar, estado de máquinas, resguardos de seguridad, señalización), declaraciones o datos de testigos y cualquier comunicación previa sobre incidencias o falta de medios. Si hubo subcontratas, solicita copia de los contratos y de la coordinación de actividades empresariales. En accidentes de tráfico “en misión” o in itinere, incorpora atestado policial, parte amistoso y póliza del vehículo. Todo debe indexarse con fecha y breve descripción, para poder remitirse con facilidad durante la negociación o el juicio.
Es recomendable crear una carpeta digital con subcarpetas por categorías (médica, laboral, gastos, testigos, prevención) y un índice maestro. Además, añade un registro cronológico de hechos y de decisiones médicas/laborales. Esta organización agiliza la valoración de la indemnización por accidente laboral y reduce el riesgo de que la aseguradora cuestione partidas por falta de soporte.
Tip: numera documentos (D-01, D-02…) y referencia esa numeración en tu cálculo indemnizatorio para que todo enlace y resulte incontestable.
Responsabilidad empresarial y recargo de prestaciones
Cuando el accidente deriva de incumplimientos en prevención de riesgos (falta de EPIs, máquinas sin resguardo, ausencia de formación, ritmos inasumibles, instrucciones inadecuadas), la empresa puede afrontar dos frentes. Por un lado, responsabilidad civil por daños y perjuicios; por otro, el recargo de prestaciones, una sanción económica que incrementa el importe de las prestaciones de Seguridad Social a cargo directo del empresario. Es compatible reclamar ambas vías con independencia de sanciones administrativas de la Inspección de Trabajo.
Para sostener estas reclamaciones se valoran elementos como la evaluación de riesgos, la planificación preventiva, la formación efectiva (no meramente documental), la entrega y supervisión de EPIs, y la coordinación con contratas. Los testimonios de compañeros y los informes periciales de seguridad son determinantes. Si hubo intervención de un tercero (fabricante, empresa de mantenimiento), puede plantearse responsabilidad solidaria o subsidiaria en función del nexo causal y de los contratos.
El recargo de prestaciones no es asegurable y su porcentaje depende de la gravedad del incumplimiento. A nivel táctico, su solicitud fortalece la negociación, pues evidencia fallos sistémicos y eleva la exposición económica del empresario. En paralelo, la aseguradora de responsabilidad civil de la empresa valora el riesgo de condena y suele favorecer acuerdos que incluyan la indemnización íntegra por lesiones y perjuicios.
- Recopila pruebas de incumplimientos preventivos concretos.
- Exige documentación de formación y entrega de EPIs firmada.
- Considera peritaje de ingeniería/PRL para acreditar causalidad.
Plazos y vías para reclamar
El tiempo es crítico. Existen plazos para impugnar altas médicas, solicitar determinación de contingencia, reclamar recargo de prestaciones y ejercitar acciones de responsabilidad civil o laboral. Por regla general, la acción de responsabilidad por daños prescribe si no se ejercita dentro del plazo legal aplicable desde la estabilización de las lesiones o desde que pudieron cuantificarse. También existen plazos específicos en materia de Seguridad Social y frente a la mutua para recurrir resoluciones. Por eso conviene calendarizar desde el primer día las fechas clave y preparar la reclamación previa con antelación suficiente.
Las vías pueden ser: (i) administrativa y social (frente a mutua/Seguridad Social y, si procede, recargo), (ii) civil contra los responsables y sus aseguradoras, (iii) penal cuando los hechos pudieran ser constitutivos de delito por infracción de normas de seguridad. La elección depende del origen del daño, del tipo de prueba disponible y de quién deba responder. En ocasiones se combinan vías, secuenciando la estrategia para evitar resoluciones contradictorias y aprovechar la fuerza probatoria de una en la otra.
Antes de acudir a juicio, la negociación previa es obligatoria en muchas pólizas y, además, genera oportunidades de acuerdo. Asegúrate de presentar una reclamación documentada, con cuantificación clara, fotos, informes y justificantes. Una propuesta sólida acelera la pericia médica de la aseguradora y favorece ofertas razonables.
Recuerda: controlar plazos de impugnación de alta, determinación de contingencia, reclamación previa y prescripción de la acción indemnizatoria.
Negociación con la mutua y aseguradoras
Las mutuas y aseguradoras trabajan con protocolos y baremos internos. Para negociar con ventaja, anticipa sus objeciones habituales: cuestionamiento del nexo laboral, alta médica prematura, infravaloración de secuelas o exclusión de conceptos económicos. Presenta un expediente impecable, ordenado por índices y con referencias cruzadas entre documentos y partidas de tu cálculo. Solicita pericia médica independiente cuando sea necesario y, si la oferta es baja, exige motivación técnica por escrito.
Una táctica efectiva es desagregar la indemnización por bloques (daño personal, lucro cesante, gastos, daño moral) y proponer un rango mínimo y máximo razonado. Acompaña cada concepto con la evidencia que lo sostiene (informes, nóminas, justificantes). En supuestos de clara responsabilidad preventiva, aporta indicios del recargo de prestaciones y de eventuales sanciones de la inspección: esto eleva el riesgo del contrario y mejora tu capacidad de cierre. Si existen pólizas de convenio, inclúyelas como suma adicional al acuerdo.
Finalmente, mantén registro de todas las comunicaciones y ofertas. Cualquier propuesta de acuerdo debe documentarse y condicionarse a revisión médica final. De no existir una salida amistosa, activar la vía judicial con un expediente bien armado incrementa sustancialmente la probabilidad de obtener una resolución favorable.
- Propuesta cuantificada y referenciada por evidencias.
- Pericia independiente cuando la valoración sea discutida.
- Usa el riesgo de recargo y RC para mejorar tu posición.
Errores frecuentes y consejos clave
El primer error habitual es no dejar constancia escrita del origen laboral: acudir a urgencias sin mencionar que ocurrió trabajando complica la determinación de contingencia y abre la puerta a que la mutua lo rechace. El segundo es no reunir pruebas desde el inicio: fotos, testigos, EPIs y elementos de la máquina. El tercero, firmar acuerdos sin revisar su alcance (renuncias implícitas, cantidades insuficientes, incompatibilidades con otras prestaciones). Y el cuarto, dejar pasar plazos clave o no impugnar altas médicas precipitadas.
Para evitarlo: (1) comunica de inmediato el accidente y exige parte; (2) documenta exhaustivamente; (3) prioriza la salud y solicita todas las pruebas necesarias; (4) calcula la indemnización por accidente laboral con metodología y respaldo; (5) explora seguros de convenio y mejoras; (6) no aceptes ofertas cerradas sin contraste pericial; (7) controla plazos con un calendario compartido.
Además, cuida la narrativa del caso: una cronología clara y coherente con hitos médicos y laborales ayuda a convencer a peritos, ajustadores y jueces. Evita exageraciones, presenta datos verificables y mantén un tono profesional en todas tus comunicaciones. La disciplina documental es tu mejor aliada para obtener una compensación justa.
Consejo práctico: crea una “carpeta de demanda” lista para presentar, con portadilla, índice y anexos numerados. Aunque cierres un acuerdo, ese orden hará que te tomen en serio.
Preguntas frecuentes
¿Qué hacer si la mutua niega el origen laboral? Solicita determinación de contingencia aportando parte de accidente, testigos y pruebas del nexo (lugar, horario, tareas). Puedes impugnar resoluciones y acudir a la jurisdicción social si persiste el desacuerdo.
¿Puedo reclamar indemnización y a la vez percibir prestaciones? Sí. Las prestaciones públicas cubren contingencias profesionales; la indemnización civil compensa daños y perjuicios por culpa de empresa o terceros. Son vías compatibles con límites para evitar doble cobro por el mismo concepto.
¿Qué plazos tengo para reclamar? Dependen de la vía y del orden jurisdiccional. Controla la impugnación de altas, la reclamación previa y la prescripción de la acción indemnizatoria desde la estabilización de las lesiones. Calendariza desde el primer día.
¿Qué documentos son imprescindibles? Informes médicos completos, parte de accidente, investigación interna, formación y EPIs, fotos del lugar, testigos, justificantes de gastos y nóminas para cuantificar lucro cesante.
¿Cuándo procede el recargo de prestaciones? Cuando la empresa incumple obligaciones preventivas y ese incumplimiento causa el siniestro. Es acumulable a la indemnización civil y no es asegurable por el empresario.