
¿Qué hacer si un familiar ocupa mi vivienda?
Publicado el 05 de septiembre de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 11 min
Índice
- Marco legal básico: qué es ocupación y qué cambia si es un familiar
- Diferencias entre vía civil y penal en casos de ocupación por familiares
- Reunir pruebas y documentar la posesión y la propiedad
- Requerimiento extrajudicial: carta y negociación previa
- Desahucio por precario contra un familiar: pasos y plazos
- Medidas urgentes: lanzamiento, medidas cautelares y protección
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Costes, tiempos y alternativas: mediación y acuerdos
- Casos especiales: usufructo, copropiedad y vivienda habitual
- Preguntas frecuentes
Marco legal básico: qué es ocupación y qué cambia si es un familiar
Cuando pensamos en ocupación, solemos imaginar a extraños entrando en una casa ajena. Sin embargo, el panorama cambia cuando quien permanece en la vivienda sin tu consentimiento es un pariente. Si te preguntas “qué hacer si un familiar ocupa mi vivienda”, lo primero es distinguir entre ocupación (entrada o permanencia sin autorización) y tenencia tolerada (permiso informal que se ha retirado). En el ámbito familiar, con frecuencia hubo consentimiento inicial: el hijo que se quedó “temporalmente”, el cuñado al que se alojó por necesidad, o el sobrino que custodió las llaves. Cuando ese permiso expira y la persona no se marcha, ya no hablamos de un mero conflicto doméstico, sino de un problema de posesión.
La clave jurídica radica en si existió o no título para ocupar (contrato de alquiler, cesión gratuita o comodato, usufructo, sentencia de uso…). Si no hay título o está extinguido, lo habitual es acudir a la vía civil mediante un desahucio por precario. Este procedimiento no convierte el conflicto en penal automáticamente, porque entre familiares rara vez concurren las notas de violencia o intimidación propias de los delitos contra la morada. Aun así, cada caso se analiza según circunstancias: si hubo cambio de cerraduras, si se impide tu acceso, si existe hostigamiento, o si se introdujo alguien aprovechando tu ausencia.
Idea clave: La relación familiar no otorga derecho automático a vivir en tu casa. Sin título válido o con título vencido, puedes exigir la restitución de la posesión por la vía civil, y solo si concurren hechos graves (violencia, intimidación, intrusión), valorar la vía penal.
- Identifica si hubo consentimiento y en qué términos.
- Comprueba si existe contrato o derecho real (usufructo, uso, copropiedad).
- Valora si hay actos que impidan tu acceso o supongan coacción.
Antes de iniciar acciones, conviene ordenar la documentación de propiedad (escritura, recibos IBI, suministros) y reconstruir el relato de hechos (cuándo entró el familiar, condiciones, comunicaciones). Ese orden te permitirá elegir con precisión la estrategia y reducir tiempos y costes.
Diferencias entre vía civil y penal en casos de ocupación por familiares
El dilema recurrente es si acudir a la vía civil o a la vía penal. La opción civil, por regla general, es la adecuada cuando un pariente permanece en tu vivienda sin título o con un permiso revocado. Se articula normalmente mediante el desahucio por precario, una acción pensada para recuperar la posesión frente a quien ocupa sin pagar renta ni tener contrato. Su objetivo es claro: que el juez declare que la posesión te pertenece y ordene el desalojo. Esta vía exige demostrar tu derecho (propiedad o posesión legítima) y la ausencia de título del familiar.
La vía penal se reserva para supuestos con elementos de intrusión o violencia: entrar en tu morada sin consentimiento, impedirte acceder a la vivienda que habitas, o mantenerte fuera mediante intimidación o fuerza. Cuando el conflicto nace de una convivencia tolerada que se ha prolongado, es difícil que prospere la vía penal, pues los tribunales suelen reconducirlo a la esfera civil. No obstante, si un familiar ocupa mi vivienda y me cambia la cerradura mientras estoy fuera, me amenaza o rompe mi mobiliario para impedir la entrada, conviene denunciar de inmediato y, en paralelo, trabajar la recuperación civil.
Regla práctica: Si hubo permiso inicial y no hay violencia, acude a la vía civil. Si hay intrusión sin consentimiento en morada o coacciones, valora la vía penal. Ambas pueden combinarse de forma estratégica.
- Civil: más predecible en plazos y resultado cuando faltan títulos.
- Penal: útil ante hechos graves (violencia, amenazas, intrusión a morada).
- Estrategia mixta: requerimiento fehaciente + demanda civil; denuncia si procede.
Una correcta calificación desde el inicio evita rechazos o archivos y acelera tu objetivo principal: recuperar la posesión cuanto antes, con el menor coste emocional y económico posible.
Reunir pruebas y documentar la posesión y la propiedad
Toda estrategia ganadora empieza con la prueba. Si un familiar ocupa mi vivienda, necesito acreditar dos cosas: mi derecho a la posesión y que el ocupante carece de título. Para lo primero, recopila escritura, nota simple registral, contrato de compra o herencia, recibos del IBI y de suministros a tu nombre, póliza del seguro del hogar, e incluso fotografías del interior que demuestren tu uso previo. Si has residido allí, recopila empadronamiento, correspondencia recibida o testigos que confirmen tu morada efectiva.
Para evidenciar que el familiar no tiene derecho, reúne mensajes donde se mencione el carácter “temporal” del alojamiento, la ausencia de renta, la fecha límite de estancia o tu negativa expresa a que continúe. Resultan útiles los chats, correos y audios, así como cualquier documento donde él reconozca no pagar. Evita conversaciones ambiguas; a partir de ahora, comunica por vías que generen trazabilidad (email o burofax), manteniendo un tono correcto pero firme.
Checklist de prueba útil: título de propiedad o posesión, recibos y tributos, empadronamiento, comunicaciones de permiso y revocación, testigos, fotos del estado del inmueble, parte de incidencias si hubo daños.
- Solicita una nota simple actualizada del Registro.
- Guarda capturas de conversaciones completas, sin cortes.
- Evita enfrentamientos: prioriza pruebas escritas y testificales.
Una buena carpeta probatoria te permitirá enviar un requerimiento sólido, negociar desde una posición de fuerza y, si es inevitable, presentar una demanda con opciones reales de éxito.
Requerimiento extrajudicial: carta y negociación previa
Antes de acudir a los tribunales, es recomendable un requerimiento extrajudicial. Su función es doble: deja constancia de que has revocado el permiso de ocupación y ofrece una salida ordenada. Cuando un familiar ocupa mi vivienda, una carta firmada y enviada por burofax con certificación de contenido y acuse de recibo es la opción más segura. En ella, identifica el inmueble, relata el origen del permiso (si existió), su revocación y fija un plazo razonable para el desalojo voluntario, advirtiendo que, de no cumplirse, iniciarás acciones legales.
El tono debe ser firme y empático. Puedes proponer alternativas: un calendario de salida, ayuda en la mudanza o una mediación. Evita amenazas o descalificaciones que puedan volverse en tu contra. La claridad en la fecha límite y en las consecuencias es crucial para que, si luego demandas, el juez vea que actuaste de buena fe.
Contenido mínimo del requerimiento: identificación de las partes y la vivienda, base de tu derecho, revocación del permiso, plazo de abandono, advertencia de acciones civiles o penales si proceden, y datos de contacto para coordinar la entrega de llaves.
- Usa burofax con certificación de contenido y acuse.
- Ofrece un plazo realista (7–30 días según circunstancias).
- Documenta la recepción o la negativa a recibirlo.
En muchos casos, una comunicación bien planteada evita el pleito. Si no, servirá para reforzar tu demanda y evidenciar la ausencia de voluntad de abandonar la vivienda.
Desahucio por precario contra un familiar: pasos y plazos
El desahucio por precario es la vía civil idónea cuando quien ocupa no tiene título ni paga renta. Si un familiar ocupa mi vivienda y no se marcha tras el requerimiento, este procedimiento busca recuperar la posesión. La demanda se presenta ante el juzgado competente, acompañando prueba de tu derecho (propiedad o posesión) y la inexistencia de título del ocupante. Es aconsejable adjuntar el burofax de revocación y cualquier evidencia de negativa a abandonar.
Tras admitir la demanda, el juzgado requerirá al familiar para que se oponga en plazo. Si no contesta o su oposición es débil (alegaciones genéricas, promesas sin sustento), puede dictarse sentencia condenando al desalojo. En ocasiones, el procedimiento permite señalar directamente fecha de lanzamiento si no hay oposición. Los plazos varían según carga del juzgado, pero una preparación probatoria sólida acelera el resultado.
Puntos críticos: identificar el inmueble con precisión, probar tu derecho, demostrar la ausencia de título, y dejar constancia de que ofreciste una salida voluntaria antes de demandar.
- Demanda clara y ordenada con documentos clave.
- Solicita, si procede, fijación de lanzamiento en la propia resolución.
- Mantén comunicación respetuosa para explorar salidas pactadas.
Con una estrategia correcta, el desahucio por precario ofrece una vía efectiva y proporcional para restituir tu posesión con seguridad jurídica.
Medidas urgentes: lanzamiento, medidas cautelares y protección
No todos los casos admiten esperar. Si hay riesgo de daños, de que se introduzcan terceros, o de que te impidan el acceso a tu propia casa, valora medidas urgentes. Cuando un familiar ocupa mi vivienda y cambia cerraduras o retiene llaves para bloquear la entrada, debes dejar constancia inmediata (acta notarial, atestado policial si procede, parte al seguro) y consultar la posibilidad de solicitar medidas cautelares en el marco del procedimiento civil: desde requerimientos de cesación de actos perturbadores hasta la fijación de una fecha de lanzamiento con prioridad.
En contextos de tensión o amenazas, la vía penal puede activarse para tu protección personal. La denuncia documentada permite, en su caso, órdenes de alejamiento u otras medidas de protección. La estrategia adecuada combina la recuperación de la posesión por lo civil con la tutela inmediata de tu integridad si hay riesgos reales. La proporcionalidad es clave: actuar con rapidez, pero sin incurrir en vías de hecho (nada de “desalojos” por propia mano, cortes de suministros o cambios de cerradura sin amparo legal).
Actúa así ante una urgencia: documenta el incidente el mismo día, solicita asesoramiento jurídico, valora cautelares y, si hay coacciones o agresiones, denuncia. Evita respuestas impulsivas que puedan perjudicarte en juicio.
- Prueba inmediata del hecho (fotos, vídeos, testigos).
- Parte policial si hay intimidación o violencia.
- Solicitud de medidas cautelares proporcionadas.
La rapidez y el orden probatorio aumentan la eficacia de cualquier medida y protegen tu posición jurídica a medio y largo plazo.
Errores comunes y cómo evitarlos
Los conflictos familiares nublan el juicio y propician errores que encarecen y alargan la solución. El primero es confiar en acuerdos verbales sin dejar constancia escrita. Si un familiar ocupa mi vivienda por “unos días”, fija por escrito la fecha de salida y qué ocurre si no se cumple. El segundo error es cortar suministros o cambiar cerraduras por tu cuenta; además de ser contraproducente, puede generarte responsabilidades. Tercero: mezclar chats emocionalmente subidos de tono, insultos o amenazas, que solo debilitan tu credibilidad procesal.
Otro fallo frecuente es iniciar una denuncia penal sin base, esperando una solución exprés. Si hubo tolerancia y no hay violencia, es probable que la denuncia se archive o se reconduzca a lo civil, perdiendo tiempo. También es un error no medir el impacto personal: convivir con la tensión desgasta; por eso, prepara desde el inicio un plan de salida viable, con plazos y pasos claros.
Cómo blindarte: guarda toda la comunicación por escrito, usa burofax para revocar permisos, evita vías de hecho, ordena tu carpeta probatoria y busca asesoramiento antes de dar un paso que no tenga marcha atrás.
- Evita decisiones impulsivas: prioriza trazabilidad.
- No prometas lo que no cumplirás (plazos irrealistas).
- No banalices los riesgos: si hay violencia, denuncia.
La mejor estrategia es fría y metódica: menos ruido, más pruebas; menos confrontación, más pasos legales firmes.
Costes, tiempos y alternativas: mediación y acuerdos
Recuperar la vivienda tiene costes económicos y emocionales. En términos jurídicos, hay que contar con honorarios profesionales, tasas si las hubiera y posibles gastos de notificación y lanzamiento. En tiempos, dependerá de la carga del juzgado y de si el familiar se opone. Por eso, conviene evaluar alternativas que acorten plazos. La mediación, bien planteada, permite pactar fechas de salida escalonadas, condonar pequeñas deudas o sufragar una mudanza a cambio de la entrega pacífica de llaves.
Cuando un familiar ocupa mi vivienda, la solución pactada suele ser la más humana y eficiente. Un acuerdo por escrito, firmado y con calendario detallado, puede incluir penalizaciones si no se cumple y mecanismos de verificación (entrega de llaves, inventario de enseres, visita final). El pacto no impide que, en paralelo, presentes demanda y solicites su suspensión si el familiar cumple; así mantienes presión procesal y evitas que el caso se dilate sin fin.
Claves de un buen acuerdo: fechas, responsabilidades, condiciones de entrega, qué ocurre con los suministros, sanciones por incumplimiento y firma de ambas partes. Siempre por escrito y con copia para cada uno.
- Evalúa coste/beneficio de litigar versus pactar.
- Usa mediadores cuando la comunicación esté rota.
- Mantén la posibilidad de reactivar el pleito si falla el acuerdo.
Elegir la vía más rápida y menos lesiva para la familia no es ceder: es gestionar con cabeza un conflicto que, mal llevado, puede enquistarse durante años.
Casos especiales: usufructo, copropiedad y vivienda habitual
No todos los supuestos encajan en el patrón estándar del precario. Si un familiar ocupa mi vivienda alegando un derecho real de usufructo o de uso (por ejemplo, derivado de una herencia o de una sentencia), el análisis cambia: habrá que valorar el alcance de su derecho y si la ocupación se ajusta a él. En copropiedad (hermanos que heredan), ningún copropietario puede excluir indefinidamente a otro; si uno ocupa en exclusiva, pueden plantearse acciones de división de cosa común, indemnizaciones por uso exclusivo o acuerdos de turnos.
Especial mención merece la morada efectiva. Si la vivienda es tu domicilio habitual y el familiar se introdujo sin consentimiento o te impide entrar, la tutela penal puede ganar relevancia. En cambio, si es una segunda residencia o está deshabitada, el enfoque será predominantemente civil. También hay supuestos de comodato (cesión gratuita por tiempo) que requieren probar que el plazo terminó.
Consejo práctico: antes de demandar, identifica con precisión la naturaleza jurídica del caso: ¿hay usufructo? ¿uso atribuido? ¿copropiedad? ¿se trata de tu morada? Esta clasificación guía la vía correcta y evita giros inesperados en el proceso.
- Comprueba el Registro (cargas, usufructos, anotaciones).
- Analiza si existe título judicial (atribución de uso, medidas familiares).
- En copropiedad, valora acuerdos internos o compensaciones por uso.
Cuanto más singular sea el supuesto, más importante es ajustar la estrategia y los pedimentos de la demanda para no encorsetarla en soluciones que no encajan.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar la cerradura si un familiar ocupa mi vivienda? No es recomendable. Cambiar la cerradura o cortar suministros por tu cuenta puede acarrear responsabilidades y complicar el proceso. Es mejor requerir por escrito y acudir a la vía civil o, si hay intrusión violenta, a la penal.
¿Qué plazo doy en el requerimiento extrajudicial? Depende del contexto, pero un margen entre 7 y 30 días suele ser razonable. Indica la fecha concreta de entrega de llaves y advierte que, de no cumplirse, iniciarás el desahucio por precario.
Si hubo permiso inicial, ¿puedo denunciar penalmente? Solo si concurren hechos graves (violencia, intimidación, impedirte entrar en tu morada). En la mayoría de casos, la solución es civil. Aun así, denuncia si hay amenazas o agresiones y busca protección inmediata.
¿Cuánto tarda un desahucio por precario? Varía según el juzgado y la oposición del ocupante. Una demanda bien documentada acelera los plazos. Mientras tanto, puedes negociar un acuerdo de salida voluntaria con calendario y condiciones claras.
¿Es útil la mediación con familiares? Sí. La mediación permite pactar salidas ordenadas, reducir costes y preservar relaciones. El acuerdo debe firmarse por escrito, con fechas y consecuencias por incumplimiento.
Resumen de actuación: reúne pruebas, envía burofax revocando el permiso, intenta acuerdo, y si no resulta, presenta desahucio por precario. Si hay intrusión en tu morada o violencia, acompaña con denuncia para tu protección.