
¿Puedo vender una propiedad sin estar casado?
Publicado el 29 de junio de 2025
📖 Tiempo estimado de lectura: 23 min
Índice
- Introducción
- Estado civil y derechos de propiedad
- Tipos de propiedad y su impacto legal
- ¿Se puede vender sin estar casado?
- Documentación necesaria para la venta
- Implicaciones fiscales al vender sin estar casado
- Problemas legales comunes al vender solo
- Vender una propiedad con pareja no casada
- Recomendaciones legales para evitar conflictos
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
Introducción
Vender una propiedad puede parecer un proceso relativamente sencillo a simple vista, pero en realidad implica múltiples factores legales que deben tenerse en cuenta, especialmente cuando se trata del estado civil del propietario. En este contexto, una de las preguntas más frecuentes que surgen es: ¿puedo vender una propiedad sin estar casado? Esta cuestión es particularmente relevante en situaciones en las que el propietario vive en pareja sin haber formalizado un matrimonio, ha adquirido un inmueble antes de formar una relación estable o simplemente desea realizar la transacción de forma individual.
El estado civil tiene implicaciones directas en los derechos de propiedad, en la gestión de los bienes y en la necesidad de consentimiento de terceras personas, como una pareja o un ex cónyuge. La normativa legal varía dependiendo de si la propiedad fue adquirida antes o durante la convivencia, si existe una sociedad de gananciales o separación de bienes, o si hay hijos o herederos involucrados. Comprender estos matices es esencial para evitar contratiempos legales, problemas con el registro de la propiedad o conflictos posteriores con otras partes interesadas.
En términos legales, estar soltero no impide vender una propiedad, siempre que se acredite la titularidad exclusiva del inmueble y se cumplan los requisitos establecidos por la legislación vigente. No obstante, la situación puede complicarse si existen vínculos afectivos, contratos previos o aportaciones económicas de terceros que no estén reflejados en el registro.
Este artículo tiene como objetivo ofrecer una guía clara y práctica para aquellas personas que desean vender una vivienda o cualquier otro tipo de inmueble sin estar casadas. A lo largo del contenido se analizarán los aspectos clave que deben tenerse en cuenta: desde la documentación requerida hasta las implicaciones fiscales, pasando por posibles conflictos legales y recomendaciones de expertos para realizar el proceso de forma segura y eficiente.
Además, se abordarán casos frecuentes como la venta de un inmueble adquirido junto a una pareja de hecho, el papel de las capitulaciones o contratos privados, y cómo actuar en situaciones de desacuerdo entre copropietarios. Finalmente, se incluirá una sección con preguntas frecuentes para resolver las dudas más comunes y se ofrecerá una conclusión con los puntos esenciales a tener en cuenta.
Estado civil y derechos de propiedad
El estado civil del propietario tiene una influencia significativa en la forma en que se gestiona, transmite o dispone de un bien inmueble. Ya sea que una persona esté soltera, casada, divorciada o viva en pareja sin matrimonio, su situación personal puede generar implicaciones legales concretas al momento de vender una propiedad. Por esta razón, es esencial comprender cómo cada estado civil afecta los derechos de propiedad y qué requisitos se deben cumplir en cada caso.
En el caso de las personas solteras, viudas o divorciadas, la titularidad suele estar clara si la vivienda figura a su nombre en el Registro de la Propiedad. Sin embargo, incluso en estos supuestos, pueden existir situaciones complejas si hubo aportaciones de terceros, convivencia prolongada con una pareja de hecho o préstamos conjuntos. Las personas casadas, por otro lado, deben considerar el régimen económico matrimonial bajo el cual se rige su unión.
El régimen económico matrimonial puede ser de gananciales, separación de bienes o participación. En los regímenes de gananciales, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio pertenecen a ambos cónyuges, por lo que vender una propiedad sin el consentimiento del otro puede ser ilegal o, al menos, impugnable. En cambio, en el régimen de separación de bienes, cada cónyuge conserva la titularidad exclusiva de lo que adquiera, lo cual facilita las transacciones individuales.
A continuación, se resumen los efectos del estado civil sobre los derechos de propiedad:
- Soltero: Puede vender la propiedad si figura a su nombre, sin necesidad de autorización de terceros.
- Casado en gananciales: Necesita el consentimiento del cónyuge si la vivienda fue adquirida durante el matrimonio.
- Casado en separación de bienes: Puede vender libremente si la propiedad está a su nombre y no existen pactos adicionales.
- Divorciado: Puede vender si tiene la titularidad completa, aunque puede haber acuerdos previos de reparto a considerar.
- Pareja de hecho: No se aplican automáticamente las reglas de los matrimonios, pero puede haber implicaciones si se demuestra una convivencia prolongada y contribución económica conjunta.
En resumen, el estado civil no solo afecta la manera en que se adquiere una propiedad, sino también cómo se puede disponer de ella. Es recomendable revisar la situación registral del inmueble, el régimen económico aplicable (si lo hay) y consultar con un abogado si existen dudas sobre el proceso de venta. Esto evitará conflictos, nulidades y retrasos en la transacción.
Tipos de propiedad y su impacto legal
Comprender los distintos tipos de propiedad es fundamental para determinar los derechos legales que posee una persona sobre un inmueble y, en consecuencia, su capacidad para venderlo. El régimen de titularidad influye directamente en la necesidad de consentimiento de otros titulares, en los trámites registrales y en los posibles conflictos legales derivados de la compraventa.
En España, la clasificación más común de los tipos de propiedad incluye: propiedad individual, copropiedad (o condominio), usufructo y nuda propiedad. Cada una de estas figuras jurídicas conlleva derechos y obligaciones distintos, lo que puede afectar tanto al proceso de venta como a los requisitos legales necesarios para formalizar la transacción.
- Propiedad individual: El inmueble pertenece exclusivamente a una persona. Esta tiene plena libertad para venderlo, siempre que esté debidamente registrado a su nombre y no existan cargas.
- Copropiedad o condominio: Dos o más personas comparten la titularidad del inmueble. Para vender, se requiere el acuerdo unánime de todos los copropietarios, salvo que se divida previamente la propiedad.
- Usufructo: El usufructuario tiene derecho a usar y disfrutar del bien, pero no puede venderlo sin el consentimiento del nudo propietario.
- Nuda propiedad: El nudo propietario tiene el dominio, pero no puede disfrutar del bien hasta que se extinga el usufructo. En caso de venta, es necesario el acuerdo con el usufructuario si este sigue vigente.
Una situación habitual es la copropiedad entre hermanos tras una herencia. En estos casos, aunque uno de ellos quiera vender su parte, no podrá disponer del inmueble completo sin la aprobación del resto. Es fundamental entender que, incluso cuando alguien figure como propietario en el Registro, puede haber limitaciones legales si no ostenta la totalidad de los derechos sobre el bien.
Además, también existen formas especiales de titularidad como la propiedad horizontal (propiedades en régimen de comunidad, como los pisos en edificios) o las propiedades adquiridas mediante contratos de compraventa con reserva de dominio, donde el vendedor sigue siendo el titular hasta que se pague completamente el precio. Estas modalidades implican condiciones específicas que deben cumplirse antes de realizar una venta legal.
En definitiva, identificar correctamente el tipo de propiedad es el primer paso para garantizar que la venta de un inmueble se realice conforme a la normativa vigente. Antes de iniciar cualquier trámite, es aconsejable revisar la escritura, consultar el Registro de la Propiedad y, si hay dudas, acudir a un abogado o notario para evitar errores costosos o litigios posteriores.
¿Se puede vender sin estar casado?
La respuesta corta es sí: una persona puede vender una propiedad sin estar casada, siempre que sea el único titular registral del inmueble. Estar soltero no impide, en términos legales, realizar una transacción inmobiliaria. Sin embargo, la situación puede volverse más compleja cuando existen otras circunstancias, como convivencias prolongadas, hijos en común, relaciones de pareja no formalizadas o bienes adquiridos durante una unión de hecho.
El factor determinante en estos casos es la titularidad del bien. Si el Registro de la Propiedad indica que la persona es la propietaria única y no hay anotaciones de cargas, embargos o usufructos, entonces tiene la capacidad plena para disponer del inmueble. Pero si hay otros titulares, la venta requerirá su consentimiento expreso. Además, si existen pactos privados entre la pareja o pruebas de aportaciones económicas de terceros, pueden surgir conflictos que es mejor prevenir.
Aunque no se esté casado, es posible que la convivencia con una pareja de hecho dé lugar a derechos patrimoniales si se demuestra que ambos contribuyeron a la compra del inmueble. En algunas comunidades autónomas, estas situaciones pueden incluso tener cierto reconocimiento legal, por lo que es aconsejable revisar la legislación autonómica aplicable antes de proceder a la venta.
Algunos escenarios habituales que se deben tener en cuenta incluyen:
- Propiedades adquiridas en solitario antes de una convivencia: se puede vender sin problema, salvo prueba en contra.
- Inmuebles comprados en pareja pero registrados a nombre de uno solo: podría haber reclamaciones si se demuestra contribución común.
- Parejas con hijos y sin matrimonio: no impide vender, pero pueden surgir implicaciones legales indirectas en caso de desacuerdo o ruptura.
- Relaciones con contratos privados de compra conjunta sin inscripción: podrían generar conflictos si no se formalizaron adecuadamente.
En conclusión, vender una propiedad sin estar casado es legalmente posible siempre que se cumplan los requisitos básicos de titularidad y no existan elementos que condicionen la transacción. No obstante, es recomendable documentar bien cualquier acuerdo entre convivientes y, en caso de duda, contar con asesoramiento legal para asegurar una venta segura y sin futuras reclamaciones.
Documentación necesaria para la venta
Vender una propiedad implica un proceso legal riguroso en el que la documentación adecuada es fundamental para garantizar una transacción segura y sin contratiempos. Contar con todos los papeles en regla no solo agiliza los trámites notariales y registrales, sino que también ofrece garantías tanto al vendedor como al comprador, evitando reclamaciones posteriores. A continuación, detallamos los documentos clave que cualquier propietario debe reunir para formalizar la venta de un inmueble en España.
- Escritura pública de compraventa: Acredita la titularidad del inmueble. Es imprescindible presentarla en la notaría.
- Nota simple registral: Documento expedido por el Registro de la Propiedad que refleja la titularidad, las cargas y la situación jurídica del bien.
- Certificado de eficiencia energética: Obligatorio desde 2013. Evalúa el consumo energético de la vivienda y debe estar registrado en la comunidad autónoma correspondiente.
- Último recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles): Acredita que el vendedor está al corriente del pago de impuestos municipales.
- Certificado de estar al corriente de pagos de la comunidad: Emitido por el administrador de la finca para demostrar que no hay deudas con la comunidad de propietarios.
- Últimas facturas de suministros: Agua, luz, gas. Aunque no son obligatorias, se suelen presentar para acreditar que no existen impagos.
- Documento de identidad del vendedor: DNI o NIE en vigor, indispensable para cualquier trámite legal.
En el caso de propiedades en copropiedad o adquiridas dentro de un matrimonio en régimen de gananciales, será necesario el consentimiento expreso del otro titular o cónyuge, así como su documentación identificativa. Si se trata de una herencia aún no aceptada, deberá regularizarse antes de poder vender.
Además, si el inmueble está hipotecado, será necesario coordinar con la entidad financiera para cancelar o subrogar la hipoteca, lo cual implica presentar el certificado de deuda pendiente y gestionar la cancelación registral. También es recomendable revisar con antelación la situación urbanística del inmueble para evitar sorpresas, especialmente en viviendas en suelo rústico o con reformas no declaradas.
En resumen, disponer de toda la documentación necesaria garantiza una compraventa ágil, segura y conforme a la ley. Antes de iniciar el proceso, se recomienda acudir a un notario o profesional inmobiliario para revisar los documentos y asesorarse adecuadamente en función del tipo de propiedad y la situación personal del vendedor.
Implicaciones fiscales al vender sin estar casado
Vender una propiedad conlleva una serie de obligaciones fiscales que deben ser consideradas cuidadosamente, independientemente del estado civil del vendedor. Sin embargo, al no estar casado, la declaración y la tributación de los beneficios obtenidos recaen únicamente sobre la persona titular de la vivienda, lo que implica ciertas particularidades que conviene conocer para evitar sanciones o errores en la declaración del IRPF.
El principal tributo que afecta a la venta de una vivienda es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), concretamente a través de la ganancia patrimonial generada. Esta ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (precio de venta) y el valor de adquisición (precio de compra más gastos asociados, como notaría, impuestos y reformas acreditadas).
Si el inmueble vendido es la vivienda habitual y se reinvierte el importe total obtenido en la compra de otra vivienda habitual en un plazo de dos años, puede aplicarse una exención fiscal total o parcial sobre la ganancia. Este beneficio también está disponible para personas no casadas, siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos por Hacienda.
Otros impuestos y gastos a tener en cuenta al vender sin estar casado incluyen:
- Plusvalía municipal (IIVTNU): Este impuesto lo cobra el ayuntamiento y grava el incremento del valor del suelo urbano desde la compra hasta la venta.
- Gastos de cancelación registral de hipoteca: En caso de existir una hipoteca aún inscrita, su cancelación puede suponer costes notariales y registrales.
- Honorarios de intermediación: Si se ha contratado una agencia inmobiliaria, sus comisiones deben ser tenidas en cuenta al calcular el beneficio neto.
- Retenciones en caso de compradores no residentes: Si el comprador reside fuera de España, se puede exigir una retención fiscal a efectos de control tributario.
Además, es importante guardar toda la documentación justificativa de los gastos incurridos en la compra, mejoras realizadas y gastos de venta, ya que permiten reducir el impacto fiscal sobre la ganancia obtenida. En el caso de parejas no casadas que hayan contribuido económicamente a la compra, pero donde solo uno figure como titular, la carga fiscal recaerá únicamente sobre el titular registral, a menos que se demuestre otro reparto económico.
En conclusión, no estar casado no supone una desventaja fiscal directa, pero implica que todas las responsabilidades tributarias y derechos fiscales recaen exclusivamente sobre el propietario legal del inmueble. Una correcta planificación y asesoramiento fiscal puede evitar sorpresas desagradables y optimizar los beneficios de la operación.
Problemas legales comunes al vender solo
Vender una propiedad de forma individual, especialmente sin estar casado o sin contar con asesoramiento legal, puede derivar en varios problemas jurídicos que afecten la validez del proceso o generen conflictos posteriores. Muchos propietarios consideran que, por figurar como únicos titulares en el Registro de la Propiedad, tienen plena libertad para vender sin obstáculos. Sin embargo, existen escenarios en los que la titularidad aparente no refleja toda la realidad legal del inmueble.
Algunos de los problemas legales más frecuentes al vender solo son consecuencia de situaciones mal documentadas, relaciones de hecho no regularizadas o falta de información sobre la normativa vigente. La venta puede ser impugnada, retrasarse en el Registro o generar reclamaciones por parte de terceros que aleguen derechos sobre la vivienda.
- Convivencia no registrada: Si se ha convivido en pareja sin estar casado, y la otra persona ha contribuido económicamente, podría reclamar participación en la propiedad o beneficios de la venta.
- Copropiedad no aclarada: En casos de herencias o compras compartidas, puede haber otros cotitulares no formalmente desvinculados del bien.
- Discrepancias registrales: Si la escritura y el Registro de la Propiedad no coinciden, la compraventa puede paralizarse hasta corregir los datos.
- Limitaciones urbanísticas: Reformas no declaradas, edificaciones ilegales o pendientes de regularización pueden bloquear el proceso.
- Cargas o embargos ocultos: Aunque se desconozcan, las deudas asociadas al inmueble afectan a la venta y deben cancelarse previamente.
Un error común es asumir que basta con tener el título de propiedad para vender. Sin embargo, los compradores y notarios exigen una documentación completa y una situación jurídica limpia. La falta de claridad o transparencia puede hacer que la venta fracase en el último momento o que surjan litigios meses después.
Otro punto crítico son las hipotecas no canceladas registralmente. Aunque se hayan pagado, si no se ha hecho la cancelación ante notario y Registro, el comprador puede exigir que se realice antes de firmar. Del mismo modo, si la vivienda está arrendada, el inquilino puede tener derechos de tanteo y retracto, que deben respetarse.
Por todo ello, antes de vender por cuenta propia, es fundamental revisar en detalle la situación jurídica del inmueble, confirmar que no existen terceros con intereses legítimos y preparar toda la documentación con asesoramiento legal. Esto minimizará riesgos y garantizará una venta rápida y efectiva.
Vender una propiedad con pareja no casada
En la actualidad, muchas personas deciden compartir su vida y su hogar sin pasar por el matrimonio. Sin embargo, cuando se trata de vender una propiedad adquirida en pareja sin estar casados, es fundamental tener en cuenta ciertas particularidades legales. A diferencia del matrimonio, donde existe un marco legal que regula la titularidad de los bienes, en las parejas no casadas no existe automáticamente un régimen económico común, lo que puede generar dudas o conflictos durante la venta de un inmueble compartido.
El primer paso es revisar quién figura como titular en el Registro de la Propiedad. Si ambos miembros de la pareja aparecen como copropietarios, será imprescindible contar con el consentimiento y firma de los dos para formalizar la venta. En cambio, si solo uno aparece como titular, en principio podría vender el inmueble por su cuenta, aunque podrían surgir reclamaciones si se demuestra que hubo aportaciones económicas del otro miembro o una voluntad implícita de propiedad compartida.
- Propiedad compartida: Ambos deben acudir al notario y firmar el contrato de compraventa. También deben acordar cómo se reparte el precio obtenido.
- Titularidad individual con convivencia: Puede venderse sin necesidad de autorización, pero podría haber implicaciones legales si se demuestra participación económica del otro conviviente.
- Pareja de hecho registrada: En algunas comunidades autónomas existen normas específicas que reconocen ciertos efectos patrimoniales similares al matrimonio.
Para evitar conflictos o malentendidos, es muy recomendable firmar un contrato privado entre los miembros de la pareja en el momento de la compra o durante la convivencia, especificando las aportaciones de cada uno, la titularidad real y las condiciones para una posible venta futura.
Además, si existen hijos en común, aunque no afecten directamente a la titularidad del inmueble, es aconsejable dejar claros los acuerdos de convivencia, uso de la vivienda o reparto de beneficios, sobre todo si se produce una ruptura. En estos casos, las decisiones tomadas pueden tener consecuencias a largo plazo.
En definitiva, vender una propiedad con una pareja no casada requiere una buena dosis de transparencia, previsión y documentación. Consultar con un abogado especializado en derecho de familia o inmobiliario es clave para asegurar que la operación sea válida, equitativa y sin complicaciones futuras.
Recomendaciones legales para evitar conflictos
Vender una propiedad sin estar casado puede ser un proceso perfectamente legal y sencillo, siempre que se actúe con previsión y se adopten ciertas medidas preventivas. Muchos de los conflictos que surgen en este tipo de operaciones no provienen de la falta de capacidad legal para vender, sino de errores formales, desconocimiento del régimen patrimonial o ausencia de acuerdos previos claros entre las partes implicadas. Por ello, contar con asesoramiento jurídico y actuar con transparencia desde el inicio es clave para evitar complicaciones.
A continuación, se enumeran algunas recomendaciones legales prácticas para minimizar riesgos y garantizar una compraventa segura y eficiente:
- Revisar la titularidad registral: Verifica que el inmueble esté inscrito correctamente en el Registro de la Propiedad, sin cargas ocultas ni titulares adicionales.
- Formalizar acuerdos privados con la pareja: Si se convive sin estar casado, conviene firmar un documento donde se recojan las aportaciones de cada uno y el reparto en caso de venta.
- Solicitar asesoría jurídica antes de firmar: Un abogado especializado puede detectar posibles riesgos y ofrecer soluciones personalizadas para cada caso.
- Regularizar situaciones no inscritas: Reformas, divisiones horizontales o cancelación de hipotecas deben estar reflejadas legalmente antes de la venta.
- Guardar toda la documentación: Escrituras, certificados, recibos e informes deben conservarse actualizados y disponibles para el notario y el comprador.
En casos de propiedad compartida, es recomendable suscribir un pacto de indivisión o un contrato de compraventa interna antes de vender a terceros. Esto evitará que una parte se oponga a la operación o reclame derechos económicos no reconocidos formalmente.
También es importante tener en cuenta las implicaciones fiscales de la operación. Un asesor fiscal podrá ayudarte a calcular la ganancia patrimonial, aplicar exenciones y prever posibles retenciones. La correcta planificación fiscal puede marcar la diferencia entre una operación rentable y una gravada innecesariamente.
En resumen, anticiparse a los posibles conflictos legales y actuar con orden y transparencia es la mejor forma de proteger tus intereses al vender una propiedad sin estar casado. No subestimes la utilidad de un buen asesoramiento legal: puede ahorrarte tiempo, dinero y complicaciones en el futuro.
Preguntas frecuentes
A continuación, resolvemos algunas de las dudas más comunes que surgen al momento de vender una propiedad sin estar casado. Estas preguntas suelen plantearse tanto por propietarios individuales como por parejas de hecho, y conocer sus respuestas puede ayudarte a actuar con mayor seguridad legal y evitar contratiempos durante el proceso.
¿Puedo vender la vivienda si está a mi nombre pero vivo con mi pareja?
Sí, siempre que la propiedad esté inscrita únicamente a tu nombre en el Registro de la Propiedad, puedes venderla legalmente. Sin embargo, si tu pareja ha contribuido económicamente a la compra o mejora del inmueble, podría reclamar parte del valor si no existe un acuerdo previo. Es recomendable dejar constancia por escrito de las condiciones de convivencia y aportaciones realizadas.
¿Qué ocurre si compré la propiedad antes de estar en pareja?
Si la adquiriste antes de la relación y no ha habido aportaciones conjuntas posteriores, el inmueble sigue siendo tuyo exclusivamente. Aun así, conviene documentar esta situación en caso de futuras reclamaciones, especialmente si ha habido convivencia estable o reformas financiadas conjuntamente.
¿Es necesario notificar a mi pareja si decido vender?
Legalmente no es obligatorio si no figura como cotitular. Sin embargo, si la convivencia es estable y la venta afecta a la vivienda habitual de ambos, puede tener implicaciones prácticas o emocionales. Notificarlo y llegar a un acuerdo suele evitar conflictos personales y legales.
¿Puede mi expareja impedir que venda la propiedad?
Solo si figura en el Registro como cotitular o existe una anotación que limite la libre disposición del bien (como una carga judicial o embargo). En caso contrario, no puede oponerse legalmente. No obstante, es aconsejable revisar cualquier documento firmado durante la relación, como préstamos compartidos o acuerdos de convivencia.
¿Qué precauciones fiscales debo tener si vendo sin estar casado?
Debes declarar la ganancia patrimonial en tu IRPF, calcular correctamente el valor de adquisición y transmisión, y guardar justificantes de todos los gastos relacionados. No estar casado no te exime de tributar, pero tampoco te perjudica: simplemente tributas individualmente, sin poder aplicar desgravaciones conjuntas.
Estas respuestas tienen un carácter orientativo. Para resolver casos concretos o situaciones con implicaciones emocionales o patrimoniales complejas, siempre es recomendable consultar con un abogado especializado en derecho civil o inmobiliario.
Conclusión
Vender una propiedad sin estar casado es un acto legalmente viable que, sin embargo, requiere atención a una serie de aspectos jurídicos y prácticos. El hecho de no haber contraído matrimonio no limita la capacidad de disponer de un bien inmueble si se posee la titularidad exclusiva, pero sí puede dar lugar a conflictos si existen elementos no formalizados, como convivencia en pareja, aportaciones económicas compartidas o derechos de terceros sobre el inmueble.
Como hemos visto a lo largo del artículo, el estado civil influye en la gestión de la propiedad, especialmente en casos de copropiedad, herencias, o viviendas adquiridas en pareja. Es crucial diferenciar entre titularidad registral y realidad económica, ya que muchas personas se enfrentan a reclamaciones posteriores por no haber previsto jurídicamente las implicaciones de una relación de hecho o una contribución no reflejada en documentos oficiales.
La clave para evitar conflictos en la venta de una propiedad siendo soltero o viviendo en pareja no casada es la prevención: formalizar acuerdos privados, mantener la documentación en orden, revisar la situación registral del inmueble y contar con asesoramiento legal antes de iniciar cualquier trámite de compraventa.
Desde el punto de vista fiscal, el vendedor debe conocer sus obligaciones ante Hacienda, calcular correctamente la ganancia patrimonial y valorar si puede acogerse a alguna exención, como la reinversión en vivienda habitual. La venta también implica trámites ante el Registro de la Propiedad, la notaría y, en muchos casos, coordinación con otros actores como copropietarios, parejas, entidades bancarias o administradores de fincas.
En definitiva, aunque vender un inmueble sin estar casado no representa un obstáculo legal en sí mismo, sí exige una actuación informada, responsable y preventiva. La claridad jurídica no solo protege al vendedor, sino que también aporta seguridad al comprador y evita que una operación aparentemente sencilla se convierta en una fuente de conflicto. La recomendación final es siempre la misma: ante cualquier duda, consulta con un profesional que pueda orientarte en función de tu caso concreto.